Anexo de asignación y transferencia de recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, que para el ejercicio fiscal 2019 celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Guerrero.

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ANEXO de asignación y transferencia de recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, que para el ejercicio fiscal 2019 celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Guerrero.

ANEXO DE ASIGNACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA EL PROGRAMA DE REGISTRO E IDENTIFICACIÓN DE POBLACIÓN, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN EN ADELANTE "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DE ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS Y DE JORGE LEONEL WHEATLEY FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE POBLACIÓN E IDENTIFICACIÓN PERSONAL; Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO EN ADELANTE "EL GOBIERNO DEL ESTADO", POR CONDUCTO DE FLORENCIO SALAZAR ADAME, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, CON LA PARTICIPACIÓN DE TULIO SAMUEL PÉREZ CALVO, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN Y DE EDUARDO GERARDO LORÍA CASANOVA, SECRETARIO DE CONTRALORÍA Y TRANSPARENCIA GUBERNAMENTAL CON LA ASISTENCIA DE LENIN CARBAJAL CABRERA, COORDINADOR TÉCNICO DEL SISTEMA ESTATAL DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE GUERRERO; A QUIENES AL ACTUAR CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

El Estado mexicano ha celebrado y aprobado, en la esfera internacional, diversos tratados, acuerdos y documentos vinculatorios que protegen el Derecho a la Identidad.

El Registro Nacional de Población tiene como finalidad registrar a cada una de las personas que integran la población del país, con los datos que permitan certificar y acreditar fehacientemente su identidad, para lo cual asignará a cada persona una Clave Única que sirve para registrarla e identificarla de forma individual.

La Clave Única de Registro de Población sirve para el registro e identificación en forma individual, y a través de ésta, se incorporará a las personas en el Registro Nacional de Población.

El Registro Nacional de Población se alimenta de la Base de Datos Nacional del Registro Civil y la Base de Datos Nacional de la Clave Única de Registro de Población.

El Registro Civil constituye la institución fundamental para garantizar el derecho a la identidad, mediante el registro de nacimiento, la identidad constituida por un nombre, una nacionalidad y una filiación de cada mexicano, reconociendo así su derecho a contar con una identidad legal y personalidad jurídica.

A través de la coordinación interinstitucional e intersectorial, se logra tanto la vinculación con los Registros Civiles del país, mismos que proveen los registros de nacimiento y defunción (identidad legal), como la asignación, adopción y uso de la Clave Única de Registro de Población por parte de la Administración Pública de los tres órdenes de gobierno (identidad vivencial).

Para el registro y acreditación de la identidad son necesarios el Acta de Nacimiento, la Clave Única de Registro de Población, la información biométrica y los mecanismos de identificación oficiales, así como, el establecimiento de criterios homogéneos para su generación, uso, adopción y manejo.

DECLARACIONES

  1. "LA SECRETARÍA" declara que:

    I.1 Es una dependencia de la Administración Pública Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (en lo sucesivo LOAPF) y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (en lo sucesivo RISEGOB).

    I.2 De conformidad al artículo 27, fracción VI de la LOAPF, cuenta con facultades para operar el Servicio Nacional de Identificación Personal.

    I.3 La Subsecretaría de Derechos Humanos es parte integrante de "LA SECRETARÍA" y que su titular, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, mismas que le fueron delegadas mediante ACUERDO por el que, la Secretaria de Gobernación delega atribuciones publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 8 de enero de 2019.

    I.4 La Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal (en lo sucesivo

    DGRNPIP), es una Unidad Administrativa dependiente de "LA SECRETARÍA", de conformidad con el artículo 2, Apartado B, fracción XXII del RISEGOB.

    I.5 Jorge Leonel Wheatley Fernández, Director General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal cuenta con las atribuciones para participar en el presente instrumento, de conformidad con los artículos 9, fracción V y 22, fracciones I y IV del RISEGOB.

    I.6 Para la asignación de los recursos previstos en este instrumento se afectará la partida 43801, por lo que la Dirección General de Programación y Presupuesto emitirá la suficiencia presupuestaria correspondiente.

    I.7 Para efectos legales del presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, señala como su domicilio el ubicado en la Calle de Bucareli No. 99, piso 1, Edificio Cobián, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México.

  2. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:

    II.1 De conformidad con los artículos 40, 41 primer párrafo, 42 fracción I, 43 y 116 primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 22 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; es un Estado libre y soberano que forma parte integrante de la Federación y tiene personalidad jurídica propia.

    II.2 El Secretario General de Gobierno, Florencio Salazar Adame, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 27 de octubre del 2015, expedido por el Lic. Héctor Antonio Astudillo Flores, Gobernador Constitucional del Estado de Guerrero, y cuenta con facultades para celebrar el presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3, 4, y 9 fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.

    II.3 El Secretario de Finanzas y Administración, Tulio Samuel Pérez Calvo, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 02 de abril del 2018, expedido por el Lic. Héctor Antonio Astudillo Flores, Gobernador Constitucional del Estado de Guerrero, y cuenta con facultades para celebrar el presente instrumento, de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero 7 y 8 fracciones XXIV y XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración.

    II.4 El Secretario de Contraloría y Transparencia Gubernamental, Eduardo Gerardo Loria Casanova, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 30 de julio del 2018, expedido por el Lic. Héctor Antonio Astudillo Flores, Gobernador Constitucional del Estado de Guerrero, y cuenta con facultades para celebrar el presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, de conformidad con el artículo 11 fracción VI, VIII, XIII, XXII y XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría General del Estado.

    II.5 La Coordinación Técnica del Sistema Estatal del Registro Civil, para efectos del presente instrumento es la Unidad Coordinadora Estatal (UCE), su titular, Lenin Carbajal Cabrera, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 20 de marzo del 2019, expedido por el Lic. Héctor Antonio Astudillo Flores, Gobernador Constitucional del Estado de Guerrero, y cuenta con facultades para celebrar el presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, de conformidad con lo dispuesto en el artículos 26 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.

    II.6 Para los fines y efectos legales del presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, señala como su domicilio legal el ubicado en Boulevard René Juárez Cisneros 62, Colonia Ciudad de los Servicios, C.P. 41115, Chilpancingo, Guerrero.

  3. "LAS PARTES" declaran que:

    III.1 Se comprometen a cumplir con las obligaciones establecidas en los Lineamientos de Operación del Programa Presupuestario E012 Registro e Identificación de Población.

    III.2 Están de acuerdo en suscribir este Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos para el

    Programa de Registro e Identificación de Población para el Ejercicio Fiscal 2019, de conformidad con las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO. El objeto del presente Anexo de Asignación y Transferencia de Recursos para el Programa de Registro e Identificación de Población, para el Ejercicio Fiscal 2019, es establecer y desarrollar las acciones y compromisos para el fortalecimiento del Registro Civil del Estado de Guerrero.

    SEGUNDA.- CUENTA BANCARIA. A fin de garantizar la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos asignados para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, de acuerdo a los montos establecidos en la Cláusula Tercera y conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá establecer una cuenta bancaria productiva específica a nombre del "Programa de Registro e Identificación de Población: Fortalecimiento del Registro Civil", en la que se depositarán y manejarán exclusivamente los recursos federales y sus respectivos rendimientos financieros, hasta su total aplicación; por lo tanto...

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