ANEXO número 13 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, que celebran el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado de Tlaxcala.

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EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

ANEXO número 13 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, que celebran el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado de Tlaxcala.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. ANEXO NUMERO 13 AL CONVENIO DE COLABORACION ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL FEDERAL, RELATIVO AL COBRO POR SERVICIOS TURISTICOS CONFORME A LA LEY FEDERAL DE DERECHOS, QUE CELEBRAN EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE TLAXCALA. El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Tlaxcala tienen celebrado un Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, que entró en vigor a partir de enero de 1990. El Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994 establece que la Política de Coordinación Fiscal busca fortalecer el sistema impositivo federal, estatal y municipal, con el propósito de alcanzar una mayor solidez de las finanzas públicas en los tres niveles de gobierno. Dentro de sus metas está la de estimular la colaboración entre las entidades federativas para lograr mecanismos que promuevan la modernización y simplificación de las administraciones tributarias. La Secretaría de Turismo, en el ámbito del nuevo marco desregulatorio y con base en el esquema de modernización del Sector, ha propiciado un proceso de descentralización operativa que permitirá agilizar y eficientar la coordinación con los prestadores de servicios turísticos. Asimismo, el mecanismo denominado Registro Nacional de Turismo y la emisión de las constancias de inscripción, denominadas en la Ley Federal de Derechos "cédulas turísticas", permitirán la captación de recursos por parte de las entidades federativas, ya que al convertirse en procedimientos voluntarios incentivarán a los prestadores de estos servicios a trabajar conjuntamente en promover el turismo en sus correspondientes estados y a participar activamente en elevar la calidad de los servicios turísticos. Ahora bien, en los términos de la cláusula decimasexta del Acuerdo de Coordinación celebrado por el Ejecutivo Federal y el Gobierno de ese Estado, en el marco del programa de descentralización de las funciones que realiza la Secretaría de Turismo en la Entidad, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de febrero de 1994, se establece que las partes manifestaron su consentimiento para que...

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