Anexo Técnico de Ejecución Específico para la operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2018, que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Chihuahua.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

ANEXO Técnico de Ejecución Específico para la operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2018, que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Chihuahua.

ANEXO TECNICO DE EJECUCION ESPECIFICO PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018 EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA

ANEXO TECNICO DE EJECUCION ESPECIFICO PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018 EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION, EN LO SUBSECUENTE LA "SAGARPA", REPRESENTADO POR EL DR. FRANCISCO JAVIER TRUJILLO ARRIAGA, DIRECTOR GENERAL DE SANIDAD VEGETAL, M.V.Z. JOAQUIN BRAULIO DELGADILLO ALVAREZ, DIRECTOR GENERAL DE SALUD ANIMAL, M.V.Z. HUGO FRAGOSO SANCHEZ, DIRECTOR GENERAL DE INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUICOLA Y PESQUERA, LIC. ARMANDO CESAR LOPEZ AMADOR, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCION FITOZOOSANITARIA, LIC. JESUS OSCAR VIDALES TORRES, DIRECTOR DE PLANEACION E INTELIGENCIA SANITARIA, LCA. HUGO FRANCISCO, SANDOVAL LOPEZ, TITULAR DE LA UNIDAD DE COORDINACION Y ENLACE Y MTRO SALVADOR DELGADILLO ALDRETE, TITULAR DE LA UNIDAD DE PROMOCION Y VINCULACION, TODOS DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Y EL ING. ISAAC ZEPEDA ROMERO, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA TITULARIDAD DE LA DELEGACION EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, EN ADELANTE REFERIDOS RESPECTIVAMENTE COMO EL "SENASICA" Y LA "DELEGACION"; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, EN ADELANTE EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR LOS CC. DR. ARTURO FUENTES VELEZ E ING. RUBEN CHAVEZ VILLAGRAN, EN SUS RESPECTIVOS CARACTERES DE SECRETARIO DE HACIENDA Y DE DESARROLLO RURAL, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA COMO LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS ESTRATEGIAS Y ACCIONES PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA ANTES SEÑALADO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Que con fecha 25 de febrero del año 2015, las "PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2015-2018, en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACION 2015-2018", cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las "PARTES", con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable en general; así como las demás iniciativas que en materia de desarrollo agropecuario y pesquero se presenten en lo particular, para impulsar el desarrollo integral de este sector en el Estado de Chihuahua.

  2. Que en la Cláusula Cuarta del "CONVENIO DE COORDINACION 2015-2018" las "PARTES" acordaron que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, en lo sucesivo "DPEF", las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA" y demás disposiciones legales aplicables que se encuentren vigentes, realizarán una aportación conjunta; por lo que toca a la aportación federal ésta se encontrará sujeta a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF" del ejercicio presupuestal correspondiente; y a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" sobre la base de la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado del ejercicio fiscal que corresponda.

    Asimismo, en la referida Cláusula las "PARTES" acordaron aplicar las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA" que se encuentren vigentes en el ejercicio presupuestal de que se trate, que para el Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria durante 2018 se dieron a conocer mediante el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2018, en lo sucesivo las "REGLAS DE OPERACION DEL PSIA", y el Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA" para el ejercicio 2018, en lo subsecuente el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", el primero de ellos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 y 27 de diciembre de 2017, respectivamente.

  3. Que en la Cláusula Decimonovena del "CONVENIO DE COORDINACION 2015-2018" se establecen las materias respecto de las cuales las "PARTES" podrán conjuntar esfuerzos y, en su caso, recursos, para lo cual suscribirán durante cada ejercicio fiscal el Anexo Técnico de Ejecución correspondiente.

  4. Que en apego a lo establecido en el artículo 35, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2017, en lo sucesivo el "DPEF 2018", la "SAGARPA" destina recursos orientados a

    incrementar la producción, la productividad y la competitividad agroalimentaria y pesquera del país, a la generación del empleo rural y para las actividades pesqueras y acuícolas, a promover en la población campesina y de la pesca el bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a poblaciones indígenas.

    Asimismo, se procurará fomentar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional, a que se refiere el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

  5. Que en el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico se formalizará entre la "SAGARPA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" la distribución de recursos del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio fiscal 2018 de conformidad con lo establecido en el "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2018".

  6. Que en las "REGLAS DE OPERACION DEL PSIA", se establecen los Componentes del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio fiscal 2018, en lo subsecuente el "PROGRAMA", así como los conceptos de incentivo, requisitos y procedimientos para acceder a éstos, así como su mecánica operativa.

  7. Que en la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACION 2015-2018", cada una de las "PARTES" designó un representante para la suscripción de los Anexos Técnicos de Ejecución.

    La "SAGARPA" designó como su representante al Titular de la Delegación en el Estado de Chihuahua, el cual a la presente fecha se encuentra a cargo del C. Ing. Isaac Zepeda Romero; y

    Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" designó como su representante al Secretario de Desarrollo Rural, cargo que a la presente fecha ostenta el C. Ing. Rubén Chávez Villagrán; asimismo por el "GOBIERNO DEL ESTADO" comparece el Secretario de Hacienda, cargo que a la fecha ocupa el Dr. Arturo Fuentes Vélez.

    DECLARACIONES

  8. DE LA "SAGARPA":

    I.1. Que los CC. Dr. Francisco Javier Trujillo Arriaga, Director General de Sanidad Vegetal, M.V.Z. Joaquín Braulio Delgadillo Alvarez, Director General de Salud Animal, M.V.Z. Hugo Fragoso Sánchez, Director General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, Lic. Armando César López Amador, Director General de Inspección Fitozoosanitaria, Lic. Jesús Oscar Vidales Torres, Director de Planeación e Inteligencia Sanitaria, LCA. Hugo Francisco Sandoval López, Titular de la Unidad de Coordinación y Enlace y el Mtro. Salvador Delgadillo Aldrete, Titular de la Unidad de Promoción y Vinculación, servidores públicos del "SENASICA", cuentan con facultades para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, conforme a los artículos 2, Apartado D fracción VII, 44, 45 fracción IX y 46 fracción V, del Reglamento Interior de la "SAGARPA"; 1, 4, 6 fracciones I, II, III, IV, VII, VIII, IX, 13, 14 del Reglamento Interior del "SENASICA", y 7 fracción XLII inciso a) de las "REGLAS DE OPERACION DEL PSIA".

    I.2. El "SENASICA" señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, el ubicado en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines número 5010, Piso 3, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Demarcación Territorial Coyoacán, Código Postal 04530, Ciudad de México.

    I.3. Que el Encargado del Despacho de la Titularidad de la "DELEGACION", el C. Ing. Isaac Zepeda Romero, se encuentra facultado para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2. Apartado C, 35, 36, fracción IX, 37 fracciones I, V y VII y 43 del Reglamento Interior de la "SAGARPA", publicado el 25 de abril de 2012, en concordancia con la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACION 2015-2018"; así como en el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, con fecha 2 de mayo de 2007, mediante el cual el Titular de la "SAGARPA", delegó la atribución de suscribir los instrumentos jurídicos derivados de los convenios de coordinación firmados entre esta dependencia del Ejecutivo Federal y las 31 entidades federativas y el Distrito Federal, indistintamente, a favor de los delegados de la "SAGARPA".

    I.4. Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico el ubicado en Avenida Zarco No. 3801, colonia Zarco, C.P. 31020, en Chihuahua, Chihuahua.

  9. DEL "GOBIERNO DEL ESTADO":

    II.1. De conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados

    Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 30 y 31 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua es un Estado Libre y Soberano que forma...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR