Anexo Técnico de Ejecución para la operación del Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (SNIDRUS), para el ejercicio presupuestal 2019, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Puebla.

Fecha de disposición25 Octubre 2019
Fecha de publicación25 Octubre 2019
EmisorSECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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ANEXO Técnico de Ejecución para la operación del Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (SNIDRUS), para el ejercicio presupuestal 2019, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Puebla.

ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE, SNIDRUS, DEL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2019 EN EL ESTADO DE PUEBLA

ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE, SNIDRUS; PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2019 QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, EN LO SUBSECUENTE LA "SADER", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. PATRICIA ORNELAS RUIZ, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA EN JEFE DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN AGROALIMENTARIA Y PESQUERA, EN ADELANTE EL "SIAP"; EL LIC. MIGUEL SERGIO ALCÁNTARA SILVA, REPRESENTANTE ESTATAL DE LA "SADER" EN PUEBLA, EN ADELANTE REFERIDO COMO LA "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE LA "SADER"; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA EN ADELANTE EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL LIC. FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, ASISTIDO POR EL C.P. ÁLVARO GONZALO LOBATO ESCAMILLA, SUBSECRETARIO DE AGRICULTURA, M.V.Z. ENRIQUE OSORIO SOLÍS, EN SU CARÁCTER DE COORDINADOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y COMPETITIVIDAD AGRÍCOLA, AMBOS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE CONJUNTAR ESFUERZOS Y RECURSOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ANTES SEÑALADO DURANTE EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2019, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. Que con fecha 27 de marzo del año 2019, las "PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2019-2024, en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2024", cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las "PARTES", con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el desarrollo rural sustentable en general; así como las demás iniciativas que en materia de desarrollo agroalimentario se presenten en lo particular, para impulsar a dicho sector en el Estado de Puebla.

II. Que en la Cláusula Tercera del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2024" las "PARTES" acordaron que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el "DPEF" del ejercicio presupuestal correspondiente en el Estado de Puebla, podrán realizar una aportación conjunta, lo que se establecerá en los Anexos Técnicos de Ejecución que consideren necesario suscribir cada ejercicio fiscal.

Asimismo, en dicha Cláusula se precisó que la aportación federal se encontrará sujeta a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF" del ejercicio presupuestal correspondiente, y la aportación del "GOBIERNO DEL ESTADO" dependerá de la suficiencia presupuestal prevista en la Ley de Egresos del Estado de Puebla, del Ejercicio Fiscal que corresponda.

III. Que las "PARTES" se comprometieron en la Cláusula Cuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2024", a formalizar Anexos Técnicos de Ejecución de acuerdo a la distribución de los recursos concurrentes que se establezcan en el "DPEF" para el Estado de Puebla.

En los Anexos Técnicos de Ejecución que suscriban la "SADER" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberán señalarse:

  1. Los montos de los recursos públicos que se comprometen a aportar;

  2. La calendarización de entrega de los recursos públicos acordados;

  3. Los objetivos y metas que se pretenden alcanzar mediante la aplicación de los recursos públicos convenidos, y

  4. Los instrumentos y mecanismos de control operativo y financiero que permitan el eficaz cumplimiento de las actividades convenidas.

    Para la aplicación y ejecución de los recursos presupuestales materia de los Anexos Técnicos de Ejecución, las "PARTES" convinieron en aplicar la mecánica operativa descrita en los Lineamientos de Operación del Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (SNIDRUS), con el fin de ejercer los recursos en las Entidades Federativas, de la "SADER" vigentes en el año fiscal de que se trate, así como la normatividad aplicable que para tal efecto emita la "SADER".

    En ese sentido, es que se indica que los Lineamientos que se encuentran vigentes para el Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, son: Lineamientos de Operación del Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (SNIDRUS), con el fin de ejercer los recursos en las Entidades Federativas, en el ejercicio fiscal 2019; en lo sucesivo los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019".

    IV. Que en apego a lo establecido en el artículo 32 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018, en lo sucesivo el "DPEF 2019", la "SADER" destina recursos orientados a incrementar la producción, la productividad y la competitividad agroalimentaria y pesquera del país, a la generación del empleo rural y para las actividades pesqueras y acuícolas, a promover en la población campesina y de la pesca el bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a poblaciones indígenas.

    Asimismo, se procurará fomentar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional, a que se refiere el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

    V. Que en el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico se formalizará entre la "SADER" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" la distribución de recursos del Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, en lo sucesivo "SNIDRUS" para el Estado de Puebla; de conformidad con lo establecido en el "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2019";

    VI. Que en los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019" se establecen los conceptos, requisitos y procedimientos para la entrega de los recursos y la mecánica operativa del "SNIDRUS";

    Asimismo, en el artículo 9 de los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019", se estableció que el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera funge con el carácter de Unidad Responsable en la operación del Programa "SNIDRUS";

    VII. Que en la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2024", cada una de las "PARTES" designó un representante para la suscripción de los Anexos Técnicos de Ejecución;

    La "SADER" designó a su Representante en el Estado de Puebla, que a la presente fecha ostenta el C. Miguel Sergio Alcántara Silva, y

    Por su parte el "GOBIERNO DEL ESTADO", designó al Secretario de Desarrollo Rural, que a la presente fecha ostenta el C. Francisco Rodríguez Álvarez; asimismo por el "GOBIERNO DEL ESTADO" comparecen el Subsecretario de Agricultura C. Álvaro Gonzalo Lobato Escamilla; así como el Coordinador General de Desarrollo Rural y Competitividad Agrícola, C. Enrique Osorio Solís, ambos de la Secretaría de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Puebla.

    DECLARACIONES

    I. DE LA "SADER":

    I.1. Que la Licenciada Patricia Ornelas Ruiz, en su carácter de Directora en Jefe del "SIAP"; cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Anexo Técnico Ejecución, conforme a los artículos 2o., Apartado D, fracción V, 44 y 46 del Reglamento Interior de la "SADER"; 1 y 3 del Reglamento Interior del "SIAP" y artículo 9 de los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019".

    I.2. Que el Representante Estatal de la "SADER", el C. Miguel Sergio Alcántara Silva se encuentra facultado para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2o. Apartado C, 35, 36, fracciones I y IX y 37 fracciones I, V y VII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012, y con la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2024".

    I.3. Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución, el ubicado en calle 26 Norte 1202. Edificio "A". Colonia Humboldt. Puebla, Puebla. Código postal 72370.

    II. DEL "GOBIERNO DEL ESTADO":

    II.1. Que el Lic. Francisco Rodríguez Álvarez en su carácter de Secretario de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Puebla, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado por el C. Gobernador, contando con las facultades necesarias para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, de conformidad con lo previsto en los artículos 82 primer párrafo y 83 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 3, 14 párrafo primero, 17 fracción VII,19 y 40 fracciones I, II, III, IV, VIII, XV y XVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 1, 3, 4 fracción I, 8 y 9 del Reglamento Interior aplicable a esa Dependencia; así como la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2024".

    II.2. Que el C.P. Álvaro Gonzalo Lobato Escamilla en su carácter de Subsecretario de Agricultura de la Secretaría de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Puebla, asiste en la suscripción del presente Anexo Técnico de conformidad con lo previsto en los artículos 4 fracción II, 10 y 13 del Reglamento Interior aplicable a esa Dependencia.

    II.3. Que el M.V.Z. Enrique...

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