Anexos 1 y 1 A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada el 23 de diciembre de 2015. (Continúa en la Sexta Sección)

Fecha de disposición23 Diciembre 2015
Fecha de publicación24 Diciembre 2015
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónQUINTA. Poder Ejecutivo

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

ANEXOS 1 y 1 A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada el 23 de diciembre de 2015. (Continúa en la Sexta Sección) (Viene de la Cuarta Sección)

177/CFF Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación de recepción de documentos digitales
¿Quiénes lo presentan?
Los proveedores de certificación de recepción de documentos digitales que deseen obtener la renovación de su autorización por un año más.
¿Dónde se presenta?
En el Portal del SAT.
¿Qué documento se obtiene?
Acuse de recibo.
Posteriormente: Oficio de renovación, o en su caso resolución negativa.
¿Cuándo se presenta?
En el mes de agosto del último año en el que tendría vigencia la autorización.

Requisitos:
I. Archivo digitalizado de la solicitud de renovación de autorización que contenga la siguiente manifestación: Que continuará cumpliendo en todo momento por el ejercicio en que se renueve su autorización, con los requisitos y obligaciones establecidos en la regla 2.8.2.5. de la RMF.
Documentos electrónicos o en archivos digitalizados de la garantía constituida conforme a lo dispuesto en la regla 2.8.2.7, en el caso de fianza deberá acompañar el CFDI que ampare el pago total de la prima por el período de renovación.
II. Archivo digitalizado de la "Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos" que se encuentra publicada en el Portal del SAT, firmada por el representante legal, apoderado o representante orgánico de la persona moral.
III. Documentos en archivos digitalizados con los que se acredite la personalidad del representante o apoderado legal y su identidad (identificación oficial).
IV. En caso de que se dude de la autenticidad de la documentación presentada, las autoridades fiscales requerirán al promovente a fin de que, en un plazo de 10 días, presente el original o copia certificada del documento cuya autenticidad esté en duda.
Condiciones:
Contar con Contraseña
Información adicional:
No aplica
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 28, fracc. III y IV, 31, CFF, Regla 2.1.40., 2.8.2.5., 2.8.2.7. RMF

178/CFF Aviso para la actualización de datos del proveedor de certificación de recepción de documentos digitales
¿Quiénes lo presentan?
Los proveedores de certificación de recepción de documentos digitales.
¿Dónde se presenta?
En el Portal del SAT
¿Qué documento se obtiene?
Acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?
Dentro de los tres días siguientes a aquél en que el proveedor de certificación de recepción de documentos digitales obtenga el acuse por haber presentado cualquiera de los avisos a que se refiere el artículo 29 del Reglamento del CFF.
Cinco días después de que se genere alguno de los supuestos que se indican a continuación, señalando la fecha específica del cambio o actualización:
· Cambio de contactos tecnológicos.
· Cambio o adición de un centro de datos.
· Actualización de la dirección del Portal donde presta el servicio de certificación de recepción y validación de documentos digitales.
· Cambio de representante legal que promovió la solicitud de autorización.
· Cambio de marca o de nombre comercial utilizado que dio a conocer para obtener la autorización.
· Actualización de datos, teléfono, correo electrónico o cualquier otro que incida en la operación como proveedor de certificación de recepción de documentos digitales.
Requisitos:
· Documento en archivo digitalizado que contenga la manifestación de la persona moral del aviso de cambio o actualización que corresponda.
Condiciones:
· Contar con Contraseña.
Información adicional:
No aplica
Disposiciones jurídicas aplicables
Arts. 28, fracc. III y IV, 31, CFF, 29 RCFF

179/CFF Aviso de inicio de liquidación, concurso mercantil o acuerdo de extinción jurídica de la sociedad autorizada para operar como proveedor de certificación de recepción de documentos digitales.
¿Quiénes lo presentan?
Los proveedores de certificación de recepción de documentos digitales, en los casos en que entren en liquidación, concurso mercantil o se haya tomado acuerdo de extinción jurídica de la persona moral.
¿Dónde se presenta?
En el Portal del SAT
¿Qué documento se obtiene?
Acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco días hábiles posteriores al inicio del proceso de liquidación, la declaratoria de concurso mercantil o la toma del acuerdo de extinción jurídica de la persona moral.
Requisitos:
· Documento en archivo digitalizado en donde conste la manifestación a partir de cuándo inició el proceso de liquidación, concurso mercantil o extinción jurídica de la persona moral.
Condiciones
· Contar con Contraseña.
Información adicional:
No aplica
Disposiciones jurídicas aplicables
Arts. 18 y 18-A CFF, Regla 2.8.2.11. RMF.

180/CFF Solicitud de cancelación de la garantía presentada por el proveedor de certificación de recepción de documentos digitales
¿Quiénes lo presentan?
Los proveedores de certificación de recepción de documentos digitales, sus liquidadores o el representante legal del concurso mercantil, según corresponda.
¿Dónde se presenta?
En el Portal del SAT
¿Qué documento se obtiene?
Acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Una vez transcurridos seis meses contados a partir de la fecha en que hubiese dejado de ser proveedor de certificación de recepción de documentos digitales o hubiere presentado el aviso de que iniciaba el proceso de liquidación, concurso mercantil o de que su órgano de dirección haya tomado el acuerdo de extinción de la sociedad, y siempre que se hayan enviado todos los documentos digitales validados a que hace referencia la regla 2.8.2.9.
Requisito:
· Documento en archivo digitalizado en dónde conste la manifestación del estatus que guarda el proceso de liquidación, concurso mercantil o extinción de la sociedad y soliciten la cancelación de la garantía señalando los datos generales de la misma.
Condiciones
· Contar con Contraseña.
Información adicional:
No aplica
Disposiciones jurídicas aplicables
Arts. 28, fracc. III y IV, 31, CFF, Regla 2.8.2.9. RMF.

181/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA para los contribuyentes que producen y distribuyen productos destinados a la alimentación
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor del IVA para los contribuyentes que producen y/o distribuyen productos destinados a la alimentación.
¿Dónde se presenta?
En el Portal del SAT.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el primer saldo a favor.
¿Qué documento se obtiene?
Acuse de recibo.

Requisitos:
A la solicitud de devolución se adjuntará en archivo digitalizado la información que a continuación se describe:
a) Relación de todos los productos destinados a la alimentación que produce y/o distribuye, sujetos a la tasa del 0% que represente el 90% de su valor de actos y actividades, del período por el que se solicita la devolución.
b) Descripción del proceso de producción y/o distribución de los productos destinados a la alimentación de que se trate.
c) Relación de clientes a quienes enajena y/o distribuye sus productos, que representen más del 70% de su valor de actos y actividades.
d) Escrito en el que describa el proceso de producción y/o distribución, destacando el número de personas que intervienen en dicho proceso.
e) Relación de activos que utiliza en la producción y/o distribución de productos destinados a la alimentación, incluyendo bodegas, almacenes, depósitos, etc.
Tratándose de contribuyentes que produzcan productos destinados a la alimentación, además de los requisitos generales, deberán cumplir con lo siguiente:
a) Licencia Sanitaria (o Registro sanitario) que reconozca como empresa dedicada a la elaboración de productos destinados a la alimentación, expedida por la Secretaría de Salud o COFEPRIS(o) también de los productos que elabora).
b) Indicar si el producto que elabora es objeto de la Ley del IEPS, conforme al artículo 2, fracción I, inciso J).
c) Indicar las NOM que le apliquen conforme a las características del producto que elabora.
d) En su caso, por las características del producto, la autorización sanitaria previa de importación.
Tratándose de contribuyentes que distribuyan productos destinados a la alimentación, además de los requisitos generales, deberán cumplir con lo siguiente:
a) Contratos celebrados con sus clientes para la distribución de alimentos
b) Contratos celebrados con los proveedores de alimentos
Condiciones:
Contar la opinión positiva de cumplimento de sus obligaciones fiscales.
Información adicional:
La información y documentación correspondiente, se presentará por única vez con la primera solicitud de devolución que se realice en los términos de la regla 2.3.14.
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22 CFF, Regla 2.3.4., 2.3.14. RMF.

182/CFF Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA para los contribuyentes que producen y distribuyen medicinas de patente.
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor del IVA para los contribuyentes que producen y/o distribuyen medicinas de patente.
¿Dónde se presenta?
En el Portal del SAT.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el primer saldo a favor.
¿Qué documento se obtiene?
Acuse de recibo.

Requisitos:
A la solicitud de devolución se adjuntará en archivo digitalizado la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR