Anexos del 27.1.1-a. al 39.5.4-b. de la Circular Única de Seguros y Fianzas, publicada el 19 de diciembre de 2014. (Continúa en la Cuarta Sección)
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Hacienda y Crédito Publico |
ANEXOS del 27.1.1-a. al 39.5.4-b. de la Circular Única de Seguros y Fianzas, publicada el 19 de diciembre de 2014. (Continúa en la Cuarta Sección) (Viene de la Segunda Sección)
Campo 2: Ramo, subramo o tipo de seguro/fianza.- En este campo se indicará la clave que corresponda, según el siguiente cuadro:
Ramo, subramo o tipo de seguro/fianza | Clave |
Vida individual | VI |
Vida grupo* | VG |
Accidentes personales | AP |
Gastos médicos | GM |
Salud | SA |
Responsabilidad civil y riesgos profesionales | RC |
Marítimo y transportes | MT |
Incendio | IN |
Agrícola y de animales | AA |
Automóviles | AU |
Crédito | CR |
Caución | CA |
Crédito a la vivienda | CV |
Garantía financiera | GF |
Terremoto y erupción volcánica | TE |
Huracán y otros de naturaleza hidrometeorológica | HH |
Diversos | DV |
Fianzas de fidelidad a primer riesgo** | FP |
Otras fianzas de fidelidad | FO |
Fianzas judiciales que amparen a conductores de vehículos automotores | JA |
Otras fianzas judiciales | JO |
Fianzas administrativas | FA |
Fianzas de crédito | FC |
* También se clasificarán como seguros de grupo, aquéllos que al cierre de 2009, se clasificaron como colectivos, antes de la entrada en vigor del Reglamento del Seguro de Grupo, para la Operación de Vida y del Seguro Colectivo para la Operación de Accidentes y Enfermedades, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de julio de 2009.
** Son aquellas fianzas cuyo monto afianzado suscrito se determina como el monto esperado de reclamaciones.
Campo 3: Número de póliza.- Se deberá indicar el número de póliza asignado, de acuerdo a los criterios internos de control de la institución o sociedad. En el caso de operaciones de reaseguro o reafianzamiento tomado, dicho concepto corresponderá al número de póliza o contrato de reaseguro o reafianzamiento tomado.
Campo 4: Certificado, inciso o endoso (movimiento).- En los casos en que existan, en forma adicional a la póliza, certificados, incisos o endosos, que consideren primas, vigencias y coberturas diferentes a la póliza principal y para los cuales se haya realizado de manera específica una valuación de su reserva, la institución o sociedad de que se trate deberá, conforme a sus propios criterios, establecer un número de control que sirva para identificar la información relativa a dichos certificados, incisos o endosos.
Campo 5: Fecha de inicio de vigencia.- Se indicará la fecha de inicio de vigencia de la póliza, certificado, inciso o endoso correspondiente a cada registro. En el caso de operaciones de reaseguro o reafianzamiento tomado, dicho concepto corresponderá a la fecha de inicio de vigencia de la póliza o contrato de reaseguro o reafianzamiento tomado. La fecha deberá estar en una cadena de números de 8 caracteres, indicando en las primeras dos posiciones el día; en la tercera y cuarta, el mes; y de la quinta a la octava, el año, completando con ceros a la izquierda en el caso de meses y días que no ocupen las dos posiciones asignadas.
Campo 6: Fecha de fin de vigencia.- Se indicará la fecha en que terminará la vigencia de la póliza, certificado, inciso o endoso correspondiente a cada registro. En el caso de operaciones de reaseguro o reafianzamiento tomado, dicho concepto corresponderá a la fecha de fin de vigencia de la póliza o contrato de reaseguro o reafianzamiento tomado. La fecha deberá estar en una cadena de números de 8 caracteres, indicando en las primeras dos posiciones el día; en la tercera y cuarta, el mes; y de la quinta a la octava, el año, completando con ceros a la izquierda en el caso de meses y días que no ocupen las dos posiciones asignadas.
Campo 7: Prima emitida bruta.- Se indicará el monto bruto de la prima emitida utilizada para la valuación de la reserva, de la póliza, certificado, inciso o endoso en cuestión, sin incluir impuestos o derechos de póliza.
Campo 8: Prima de riesgo bruta.- Se identificará el monto de la prima de riesgo de la póliza, certificado, inciso o endoso en cuestión, sin descontar la parte de reaseguro cedido.
Campo 9: Prima de riesgo no devengada bruta.- Se identificará el monto de la prima de riesgo no devengada de la póliza, certificado, inciso o endoso en cuestión, sin descontar la parte de reaseguro cedido. Este valor corresponderá al valor de la prima de riesgo bruta multiplicada por el factor de devengamiento correspondiente a la porción de tiempo de vigencia no transcurrido.
Campo 10: Costo de adquisición.- Será el monto de costo de adquisición de la póliza, certificado, inciso o endoso en cuestión. En el caso de seguros de vida de largo plazo, el costo de adquisición deberá ser el costo de adquisición nivelado.
Campo 11: Gastos de administración.- Se identificará el monto de gasto de administración que se haya aplicado para el cálculo de la reserva de la póliza, certificado, inciso o endoso en cuestión. En el caso de seguros de vida de largo plazo, el gasto de administración deberá ser el gasto anual nivelado, utilizado para la valuación de la reserva.
Campo 12: Margen de utilidad.- Se identificará el monto correspondiente al margen de utilidad que se haya aplicado para el cálculo de la reserva de la póliza, certificado, inciso o endoso en cuestión.
Campo 13: Número de registro del producto.- Se indicará el número de registro del producto obtenido ante esta Comisión, que corresponda a la póliza, certificado, inciso o endoso. En el caso de planes de seguros que en el marco de la normativa aplicable, no requieran de registro, se deberá indicar "Exento".
Campo 14: Moneda o unidad monetaria.- Se indicará la moneda o unidad monetaria en la que está definido o indexado el valor del beneficio o riesgo que cubre el producto que corresponde a la póliza, certificado, inciso o endoso en cuestión. La indicación deberá hacerse con una cadena de texto de 4 caracteres, conforme a lo que se indica en el cuadro siguiente:
Moneda o unidad monetaria | Cadena de texto |
Moneda nacional | MNAC |
Dólares | DOLA |
Indexados | INDX |
Unidad monetaria especial | * |
*En el caso de planes nominados en unidades monetarias especiales como USAG, UVAC, SMDF, etc., deberá indicarse una clave que identifique el tipo de unidad monetaria de que se trate mediante un catálogo en archivo de Word, que deberá elaborar la propia Institución, en el cual se indiquen las claves utilizadas y la descripción de la unidad monetaria que corresponda a cada clave. El archivo de Word conteniendo el catálogo antes citado, deberá ser enviado como parte del paquete RR3RRCBD.
Campo 15: Identificador del plan de seguro.- Para cada póliza, certificado, inciso o endoso, se indicará una clave que definirán libremente esas instituciones y sociedades, mediante la cual identificarán en forma específica el tipo de plan de que se trata, de acuerdo a sus criterios de control y clasificación. Para este efecto, esas Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros deberán diseñar un catálogo en el cual indiquen las claves utilizadas y las características de los planes de seguro que corresponden a cada clave. El catálogo deberá ser enviado en archivo de Word, como parte del paquete RR3RRCBD.
Campo 16: Prima emitida retenida.- Se indicará el monto de la prima emitida de la póliza, certificado, inciso o endoso en cuestión, sin incluir impuestos o derechos de póliza, descontada de la porción de prima que haya sido cedida en reaseguro proporcional.
Campo 17: Importes recuperables de reaseguro.- Se identificará el monto de los importes recuperables de reaseguro, determinado conforme a la normativa aplicable y con el cual se haya integrado la partida de activo correspondiente.
Campo 18: Identificador de pólizas multianuales.- Se indicará si la póliza, certificado, inciso o endoso corresponde a una póliza multianual. Dicha indicación deberá hacerse con una cadena de texto "MA".
Campo 19: Identificador de beneficio básico o adicional.- Se deberá indicar, en el tipo de planes de seguros que aplique, si se trata de un beneficio básico o de un beneficio adicional. En el caso de beneficios básicos, el campo se deberá denotar como "BB" y en el caso de que se trate de un beneficio adicional, el campo se deberá denotar como "BA", en el entendido de que se debe reportar un beneficio en cada registro.
Campo 20: Edad del asegurado a la contratación.- En los seguros de vida de largo plazo, deberá indicar la edad del asegurado que haya sido utilizada para la suscripción de la póliza o certificado.
Campo 21: Suma asegurada bruta.- En los seguros de vida de largo plazo, deberá indicar el monto de la suma asegurada bruta con que se haya valuado la reserva. En el caso de planes que por sus características tengan una suma asegurada variable, se deberá indicar la suma asegurada alcanzada al momento de la valuación. En el caso de rentas u otro tipo de indemnizaciones periódicas, deberá indicarse como suma asegurada el monto de la indemnización periódica alcanzada al momento de la valuación.
Campo 22: Plazo de pago de primas.- Se deberá indicar, cuando aplique, el plazo de pago de primas contratado con el asegurado. En el caso de planes de largo plazo contratados a prima única, el plazo de pago de primas deberá indicarse como "1". En caso de fracciones de año se deberá de indicar a 2 decimales.
Campo 23: Temporalidad del plan.- Se deberá indicar, para los seguros de temporalidad mayor a un año, el número de años que comprenderá el plazo de vigencia del plan de seguros de que se trate. En caso de fracciones de año se deberá de indicar a 2 decimales.
Campo 24: Sexo del asegurado.- Se deberá...
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