Anexos 5, 8, 10, 11 y 17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, publicada el 23 de diciembre de 2016

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EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria. Modificación al Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014

Contenido
A. Cantidades actualizadas establecidas en el Código.
B. Regla 9.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017.

Nota: Los textos y líneas de puntos que se utilizan en este Anexo tienen la finalidad exclusiva de orientar respecto de la ubicación de las cantidades y no crean derechos ni establecen obligaciones distintas a las contenidas en las disposiciones fiscales.

B. Regla 9.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017.

20 veces del valor anual
de la UMA
200 veces del valor anual
de la UMA
$532,900.80
$5,329,008.00

Para la cuantificación mencionada se ha tomado en cuenta el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que en el año 2016 es de $26,645.04.(1)

Atentamente.

Ciudad de México, 15 de diciembre de 2016.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, firma el Administrador General Jurídico, Jaime Eusebio Flores Carrasco.- Rúbrica.

Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017

Contenido
A. Tarifa aplicable a pagos provisionales
1. Tarifa para el cálculo de los pagos provisionales que se deban efectuar durante 2017, tratándose de enajenación de inmuebles a que se refiere la regla 3.15.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017.
B. Tarifas aplicables a retenciones
1. Tarifa aplicable en función de la cantidad de trabajo realizado y no de días laborados, correspondiente a 2017, calculada en días.
Tabla del subsidio para el empleo aplicable a la tarifa del numeral 1 del rubro B.
Tarifa que incluye el subsidio para el empleo, aplicable a la tarifa del numeral 1 del rubro B.

2. Tarifa aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo de 7 días, correspondiente a 2017.
Tabla del subsidio para el empleo aplicable a la tarifa del numeral 2 del rubro B.
Tarifa que incluye el subsidio para el empleo, aplicable a la tarifa del numeral 2 del rubro B.

3. Tarifa aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo de 10 días, correspondiente a 2017.
Tabla del subsidio para el empleo aplicable a la tarifa del numeral 3 del rubro B.
Tarifa que incluye el subsidio para el empleo, aplicable a la tarifa del numeral 3 del rubro B.
4. Tarifa aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo de 15 días, correspondiente a 2017.
Tabla del subsidio para el empleo aplicable a la tarifa del numeral 4 del rubro B.
Tarifa que incluye el subsidio para el empleo, aplicable a la tarifa del numeral 4 del rubro B.
5. Tarifa aplicable durante 2017, para el cálculo de los pagos provisionales mensuales.
Tabla del subsidio para el empleo aplicable a la tarifa del numeral 5 del rubro B.
Tarifa que incluye el subsidio para el empleo, aplicable a la tarifa del numeral 5 del rubro B.
6. Tarifa para el pago provisional del mes de enero de 2017, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Sección I, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tarifa para el pago provisional del mes de febrero de 2017, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Sección I, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tarifa para el pago provisional del mes de marzo de 2017, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Sección I, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tarifa para el pago provisional del mes de abril de 2017, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Sección I, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Tarifa para el pago provisional del mes de mayo de 2017, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Sección I, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tarifa para el pago provisional del mes de junio de 2017, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Sección I, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tarifa para el pago provisional del mes de julio de 2017, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Sección I, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tarifa para el pago provisional del mes de agosto de 2017, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Sección I, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tarifa para el pago provisional del mes de septiembre de 2017, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Sección I, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tarifa para el pago provisional del mes de octubre de 2017, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Sección I, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tarifa para el pago provisional del mes de noviembre de 2017, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Sección I, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Tarifa para el pago provisional del mes de diciembre de 2017, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Sección I, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tarifa aplicable para el cálculo de los pagos provisionales mensuales correspondientes a 2017, que efectúen los contribuyentes a que se refiere el Capítulo III, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que obtengan ingresos por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles.
Tarifa aplicable para el cálculo de los pagos provisionales trimestrales correspondientes a 2017, que efectúen los contribuyentes a que se refiere el Capítulo III, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que obtengan ingresos por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles.
Tarifa opcional aplicable para el cálculo del pago provisional correspondiente al primer semestre de 2017, que efectúen los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Capítulo VIII del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Tarifa opcional aplicable para el cálculo del pago provisional correspondiente al segundo semestre de 2017, que efectúen los contribuyentes que cumplan sus obligaciones fiscales en los términos del Capítulo VIII del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
7. Tarifa aplicable a los pagos provisionales del bimestre enero-febrero de 2017, aplicable por los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal que opten por determinar los pagos bimestrales aplicando el coeficiente de utilidad, en los términos del último párrafo del artículo 111 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Tarifa aplicable a los pagos provisionales del bimestre marzo-abril de 2017, aplicable por los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal que opten por determinar los pagos bimestrales aplicando el coeficiente de utilidad, en los términos del último párrafo del artículo 111 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Tarifa aplicable a los pagos provisionales del bimestre mayo-junio de 2017, aplicable por los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal que opten por determinar los pagos bimestrales aplicando el coeficiente de utilidad, en los términos del último párrafo del artículo 111 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Tarifa aplicable a los pagos provisionales del bimestre julio-agosto de 2017, aplicable por los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal que opten por determinar los pagos bimestrales aplicando el coeficiente de utilidad, en los términos del último párrafo del artículo 111 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Tarifa aplicable a los pagos provisionales del bimestre septiembre-octubre de 2017, aplicable por los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal que opten por determinar los pagos bimestrales aplicando el coeficiente de utilidad, en los términos del último párrafo del artículo 111 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Tarifa aplicable a los pagos provisionales del bimestre noviembre-diciembre de 2017, aplicable por los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal que opten por determinar los pagos bimestrales aplicando el coeficiente de utilidad, en los términos del último párrafo del artículo 111 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
C. Tarifa para el cálculo del impuesto correspondiente a los ejercicios 2016 y 2017.
1. Tarifa para el cálculo del impuesto correspondiente al ejercicio de 2016.
2. Tarifa para el cálculo del impuesto correspondiente al ejercicio de 2017.
  1. Tarifa aplicable a pagos provisionales

    1. Tarifa para el cálculo de los pagos provisionales que se deban efectuar durante 2017, tratándose de enajenación de inmuebles a que se refiere la regla 3.15.4., de la Resolución Miscelánea Fiscal para

    2017.

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