Anexos 1, 22, 24 y 29 de la Cuarta Resolución de modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, publicada el 15 de diciembre de 2011
Fecha de disposición | 15 Diciembre 2011 |
Fecha de publicación | 16 Diciembre 2011 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. ANEXO 1 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2011
Declaraciones, avisos, formatos e instructivos de trámite.
Contenido
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Declaraciones, avisos, formatos e instructivos de llenado y trámite Nombre de la declaración, aviso o formato
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17. Aviso de traslado de mercancías de empresas con Programa IMMEX en la modalidad de controladora de empresas.
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53. Perfil de la empresa conforme a lo establecido en el apartado L, segundo párrafo, fracción III de la Regla 3.8.1.
54. Solicitud de Dictamen a que se refiere el apartado L, primer párrafo de la regla 3.8.1.
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Pedimentos y anexos
Nombre del pedimento o anexo
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5. Formato para Impresión Simplificada del Pedimento.
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Atentamente,
México, D.F., a 9 de diciembre de 2011.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.
AVISO DE TRASLADO DE MERCANCIAS DE EMPRESAS CON PROGRAMA IMMEX EN LA MODALIDAD DE CONTROLADORA DE EMPRESAS Folio del Aviso RFC y denominación o razón social de la Controladora de Empresas Número de Programa Datos de la empresa que transfiere Certificación RFC Denominación o razón social Domicilio de la planta o bodega de origen Datos de la empresa que recibe RFC Denominación o razón social Acuse electrónico de validación Fecha y hora de validación Domicilio de la planta o bodega de destino Código de barras Datos de las mercancías que se transfieren Secuencia Unidad de medida Cantidad Descripción Nombre y CURP del representante legal que autoriza el aviso Aviso de traslado de mercancías de empresas con Programa IMMEX en la modalidad de controladora de empresas conforme a la regla 3.8.10., fracción II, inciso b). Página de INSTRUCTIVO DE LLENADO PARA EL AVISO DE TRASLADO DE MERCANCIAS DE EMPRESAS CON PROGRAMA IMMEX EN LA MODALIDAD DE CONTROLADORA DE EMPRESAS
ENCABEZADO DEL AVISO DE TRANSFERENCIA, PARA LA PAGINA PRINCIPAL Y LAS PAGINAS SECUNDARIAS EN SU CASO
Campo Contenido 1. Folio del Aviso. Número de folio del Aviso, integrado por: 1. Un dígito para indicar el último dígito del año en curso. 2. Siete dígitos más para el número consecutivo anual asignado por la controladora de empresas. 2. RFC y denominación o razón social de la Controladora de Empresas. RFC y denominación o razón social de la Controladora de Empresas. 3. Número de Programa. Número de Programa IMMEX otorgado a la Controladora de Empresas. DATOS DE LA EMPRESA QUE TRANSFIERE Y DE LA EMPRESA QUE RECIBE
4. RFC de la empresa que transfiere. RFC de la empresa que transfiere las mercancías. 5. Denominación o razón social de la empresa que transfiere. Denominación o razón social de la empresa que transfiere las mercancías. 6. Domicilio de la planta o bodega de origen. Domicilio de la planta o bodega dónde se encuentran las mercancías a transferir. 7. RFC de la empresa que recibe. RFC de la empresa que recibe las mercancías. 8. Denominación o razón social de la empresa que recibe. Denominación o razón social de la empresa que recibe las mercancías. 9. Domicilio de la planta o bodega de destino. Domicilio de la planta o bodega dónde se reciben las mercancías transferidas. DATOS DE LA MERCANCIA QUE SE TRANSFIERE
10. Secuencia. Número de secuencia de la mercancía en el Aviso. 11. Unidad de medida. Clave de la unidad de medida de comercialización de las mercancías que se transfieren, conforme al Apéndice 7 del Anexo 22. 12. Cantidad. Cantidad de mercancías conforme a la unidad de medida de comercialización. 13. Descripción. Descripción de la mercancía que se transfiere. 14. Acuse electrónico de validación. Acuse electrónico de validación que emite el SAAI M3. 15. Fecha y hora de validación. Fecha y hora de validación del Aviso. 16. Código de Barras. Programa IMMEX otorgado a la Controladora de Empresas, folio del Aviso hasta 8 caracteres (alfanumérico) y firma electrónica generada por el SAAI M3 hasta 7 caracteres (alfanumérico). Después de cada campo, incluyendo el último, se deberán presentar los caracteres de control, carriage return y line feed. PIE DE PAGINA DEL AVISO DE TRANSFERENCIA
17. Nombre del representante legal que autoriza el aviso. Nombre completo del representante legal que autoriza el aviso con la firma electrónica certificada ante el SAT. 18. CURP del representante legal que autoriza el aviso. CURP del representante legal que autoriza el aviso con la firma electrónica certificada ante el SAT. Perfil de la empresa conforme a lo establecido en el apartado L, segundo párrafo, fracción III de la regla 3.8.1. Acuse de Recibo Primera Vez: o Renovación: o Adición: o Modificación: o Los datos que proporcione sustituirán los que proporcionó cuando solicitó su autorización. Información General
El objetivo de este Perfil, es el de asegurar que aquellos interesados en obtener el dictamen favorable a que se refiere el apartado L de la regla 3.8.1. de las RCGMCE vigentes, implementen prácticas y procesos de seguridad que aseguren su cadena de suministro y mitiguen el riesgo de contaminación de sus mercancías por productos ilícitos.
Instrucciones de llenado:
1. Deberá llenar un perfil por cada una de las instalaciones que operen bajo un mismo Registro Federal de Contribuyentes (RFC) donde realicen procesos de manufactura de productos de comercio exterior, y en su caso de aquellas instalaciones relacionadas como almacenes, centros de distribución, entre otros. Esta información deberá coincidir con lo manifestado en su solicitud de dictamen.
2. Detallar cómo la empresa cumple o excede con lo establecido en cada uno de los numerales conforme a lo que se indica.
3. El formato de este documento, se encuentra dividido, en tres secciones, como se detalla a continuación:
1. Estándar
Descripción del estándar
1.1 Sub-estándar Descripción del sub-estándar Respuesta Notas Explicativas Describa y/o anexe... · Puntos a destacar... Recomendación: 1. ... Solicitud información adicional Información requerida (Para uso exclusivo de la autoridad): Respuesta por parte de la empresa: 4. Indicar cómo cumple con lo establecido en cada uno de los sub-estándares, por lo que deberá anexar los procedimientos que en su caso se requieran, o brindar una explicación detallada de lo solicitado en el campo de "Respuesta".
El campo, referente a las "Notas Explicativas" es una guía respecto a los puntos que se deben incluir en la "Respuesta" de cada sub-estándar, señalando de manera indicativa aquellos puntos que no deben excluirse de su respuesta.
De la misma forma, en algunos de los campos de "Notas explicativas", se incluyen "Recomendaciones", las cuales pretenden ser una guía en el caso de que, previo a la presentación de este documento, no se cuente con lo solicitado, y de esta manera pueda coadyuvar a elaborarse e implementarse, teniendo como una base dicha sugerencia. En este sentido, se debe entender que cualquier recomendación aquí indicada, no es considerada como una obligación.
Adicionalmente, existe un apartado llamado "Solicitud de Información Adicional", mismo que cuenta con una sección para uso exclusivo de la autoridad, que se llenará en caso de detectarse información faltante o incompleta, y que se le remitirá a través de un requerimiento de información adicional. El interesado tendrá un plazo de 10 días, a partir de su notificación, para responder a dicha solicitud, debiendo utilizar el campo denominado "Respuesta por parte de la empresa". Sin embargo, debe tener en cuenta que al llevarse a cabo este requerimiento, se interrumpe el plazo para resolver su solicitud de dictamen hasta no contar con la información solicitada, por lo que deberá procurar llenar correctamente este "Perfil de la empresa" en la primera ocasión.
5. Una vez contestado este Perfil de la empresa, deberá anexarlo a la Solicitud de Dictamen a que se refiere el primer párrafo del apartado L de la regla 3.8.1.
Para efectos de lo manifestado en el numeral siete de la solicitud a que se refiere el párrafo anterior, el Servicio de Administración Tributaria a través de la Administración General de Aduanas, podrá realizar una visita a la instalación aquí señalada, con el exclusivo propósito de verificar lo señalado en este documento.
6. Cualquier "Perfil de la empresa" incompleto no será procesado.
7. Cualquier pregunta relativa a la Solicitud de inscripción y el Perfil de la empresa, favor de dirigirla a los contactos que aparecen en la página www.aduanas.gob.mx.
8. En el caso de ser autorizado...
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