Calendario anual de suspensión de labores para la recepción de documentos en la Oficialía de Partes de la Comisión Federal de Telecomunicaciones para el año dos mil siete

Fecha de disposición15 Marzo 2007
Fecha de publicación15 Marzo 2007
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

CALENDARIO anual de suspensión de labores para la recepción de documentos en la Oficialía de Partes de la Comisión Federal de Telecomunicaciones para el año dos mil siete.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Telecomunicaciones.

CALENDARIO ANUAL DE SUSPENSION DE LABORES PARA LA RECEPCION DE DOCUMENTOS EN LA OFICIALIA DE PARTES DE LA COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES PARA EL AÑO DOS MIL SIETE.

Con fundamento en los artículos 8, 9-A fracciones I y XVII, 9-B, 9-E fracción IV de la Ley Federal de Telecomunicaciones; 4, 28 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 37 Bis del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, resolvió lo siguiente:

RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Se aprueba el Calendario Anual de la Comisión Federal de Telecomunicaciones para el año 2007, relativo a la suspensión de labores para la recepción de documentos en la oficialía de partes de la Comisión en los siguientes días, los cuales se considerarán como inhábiles para efecto del cómputo de plazos:

5 de febrero, 19 de marzo, 5 y 6 de abril, 1 de mayo; 23 al 27 de julio; 2 y 19 de noviembre y, Del 20 de diciembre de 2007 al 4 de enero de 2008. El horario para la recepción de documentos en la Oficialía de Partes de la Comisión en los días hábiles será de 9:00 a 18:00 horas.

Lo anterior, sin perjuicio de que el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, pueda de oficio o a petición de parte interesada, habilitar días y horas inhábiles, cuando así lo requiera el asunto de que se trate.

SEGUNDO.- Los días comprendidos del 23 al 27 de julio de 2007, así como del 20 de diciembre de 2007 al 4 de enero de 2008, serán considerados como hábiles para las contrataciones de adquisición de bienes, arrendamientos...

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