Acuerdo de Coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa Hábitat, Vertiente General del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Michoacán y los municipios de Apatzingán, Hidalgo, La Piedad, Lázaro Cárdenas, Morelia, Pátzcuaro, Uruapan, Zamora y Zitácuaro de dicha entidad federativa

Fecha de disposición09 Octubre 2008
Fecha de publicación09 Octubre 2008
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social. ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT, VERTIENTE GENERAL, DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 "DESARROLLO SOCIAL", QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO "LA SEDESOL", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, ARQ. SARA HALINA TOPELSON FRIDMAN, ASISTIDA POR EL DELEGADO FEDERAL DE LA SEDESOL EN EL ESTADO DE MICHOACAN, C. ING. LUIS MEJIA GUZMAN; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO, EN LO SUCESIVO "EL ESTADO", REPRESENTADO POR EL COORDINADOR DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACAN, LOS SECRETARIOS DE FINANZAS Y ADMINISTRACION, POLITICA SOCIAL, URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE Y LA COORDINADORA DE CONTRALORIA, LOS CC. ING. ISIDORO RUIZ ARGAIZ, C.P. RICARDO HUMBERTO SUAREZ LOPEZ, LIC. SELENE LUCIA VAZQUEZ ALATORRE, M.C. CATALINA ROSAS MONGE Y M.A. ROSA MARIA GUTIERREZ CARDENAS; Y LOS MUNICIPIOS DE APATZINGAN, HIDALGO, LA PIEDAD, LAZARO CARDENAS, MORELIA, PATZCUARO, URUAPAN, ZAMORA Y ZITACUARO, EN LO SUCESIVO "LOS MUNICIPIOS", REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, LOS CC. GENARO GUIZAR VALENCIA, ING. JOSE LUIS AVILA FRANCO, L.A.E. RICARDO GUZMAN ROMERO, ING. MARIANO ORTEGA SANCHEZ, LIC. FAUSTO VALLEJO FIGUEROA, ING. ANTONIO GARCIA VELAZQUEZ, C. ANTONIO GONZALEZ RODRIGUEZ, LIC. JOSE ALFONSO MARTINEZ VAZQUEZ Y LIC. JUAN ANTONIO IXTLAHUAC ORIHUELA.

ANTECEDENTES

  1. El Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, ha instrumentado el Programa Hábitat. Conforme a lo establecido en sus Reglas de Operación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2007, el objetivo general de Hábitat es contribuir a la integración social y urbana de los habitantes de las zonas urbanas marginadas con alta concentración de hogares en situación de pobreza.

  2. Mediante oficio número 312.A.-001294, de fecha 28 de diciembre de 2007, la Dirección General de Programación y Presupuesto "B" de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a la Secretaría de Desarrollo Social, el monto de los subsidios autorizados al Programa Hábitat para el presente año, comprendidos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008.

  3. La Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Desarrollo Social, mediante el oficio número 410.20.- 00070/08, de fecha 4 de enero de 2008, le comunicó a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio el monto de los subsidios autorizados al Programa Hábitat para el presente año.

  4. La Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, mediante oficio circular número 300/08/2008, de fecha 16 de enero de 2008, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 2008, comunicó a los delegados federales de la Secretaría de Desarrollo Social la asignación de los subsidios federales del programa "Hábitat" por entidad federativa para el ejercicio fiscal 2008.

Con base en lo antes expuesto, y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45 y 54, 74, 75 y 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4, 24, 32 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social; 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 23, 24, 25 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008; 1, 85 y 176 del Reglamento de la Ley

Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 6, 8, 12, 16, 36, 37, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; en el Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa Hábitat del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre 2007, así como en lo previsto por los artículos 11, 12, 22, 24, 34, 41, 42 y 44, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; en los artículos 37, 39, 41, 44 y 45 de la Ley de Planeación en el Estado de Michoacán de Ocampo; 113, 114 y 115 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán; 1o., 2o.,12, 13, 14, 29, 35 y 38 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, las partes han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:

CLAUSULAS

CAPITULO I DEL OBJETO

PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones entre "LA SEDESOL", "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS", para la operación del Programa Hábitat en las ciudades, zonas metropolitanas y Polígonos Hábitat seleccionados y para el ejercicio de los subsidios federales y las aportaciones locales, con el propósito de contribuir a superar la pobreza urbana y a la integración social y urbana de los habitantes de las zonas urbanas marginadas con alta concentración de hogares en situación de pobreza.

SEGUNDA. "LA SEDESOL", "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS" acuerdan que en la operación del Programa Hábitat y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, la legislación federal aplicable, las Reglas de Operación del Programa Hábitat y los Lineamientos de Operación vigentes, así como los instrumentos normativos y técnicos que se derivan de estas últimas.

CAPITULO II DE LAS CIUDADES, ZONAS METROPOLITANAS Y POLIGONOS HABITAT SELECCIONADOS

TERCERA. "LA SEDESOL", "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS" acuerdan que los recursos asignados al Programa Hábitat se ejercerán en las ciudades, zonas metropolitanas y Polígonos Hábitat Seleccionados, que se señalan en el Anexo I denominado "Ciudades, Zonas Metropolitanas y Polígonos Hábitat Seleccionados", el cual será suscrito por el Delegado Federal de la Secretaría de Desarrollo Social, el Coordinador General del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado y por los presidentes municipales. Dicho Anexo formará parte del presente Acuerdo de Coordinación.

Los Polígonos Hábitat seleccionados, están integrados por zonas urbanas marginadas, identificadas por "LA SEDESOL", con alta concentración de hogares en situación de pobreza patrimonial y que constituyen el ámbito de actuación del Programa Hábitat.

CUARTA. Con el fin de apoyar la ejecución de la denominada Estrategia de Combate a la Pobreza Urbana, "LA SEDESOL" promoverá la concurrencia de acciones de otras instituciones en los Polígonos Hábitat seleccionados, tanto de instancias del propio sector de Desarrollo Social como de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS" acuerdan apoyar a "LA SEDESOL" en la ejecución de dicha estrategia.

CAPITULO III DE LOS SUBSIDIOS FEDERALES

QUINTA. "LA SEDESOL", "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS" acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II denominado "Subsidios Federales por Municipio", el cual será suscrito por el Delegado Federal de la Secretaría de Desarrollo Social, el Coordinador General del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado y por los Presidentes Municipales. Dicho Anexo formará parte del presente Acuerdo de Coordinación.

SEXTA. La ministración de los subsidios federales para el Programa Hábitat se efectuará considerando el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).

SEPTIMA. De conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Hábitat vigentes, "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS", así como "LA SEDESOL", incluyendo sus órganos...

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