Acuerdo mediante el cual se aprueban las reformas y adiciones al Reglamento de Servicios Médicos

Fecha de disposición13 Septiembre 2000
Fecha de publicación13 Septiembre 2000
EmisorINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

ACUERDO mediante el cual se aprueban las reformas y adiciones al Reglamento de Servicios Médicos.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General.

El H. Consejo Técnico dictó los acuerdos 402/2000 y 474/2000 en los términos siguientes:

Este Consejo Técnico, con fundamento en los artículos 251 fracción VIII y 264 fracción XI de la Ley del Seguro Social, aprueba las reformas y adiciones al Reglamento de Servicios Médicos para quedar como sigue:

Artículo 4 ...
  1. ...

  2. Segundo nivel de atención. Lo constituyen los hospitales generales de subzona, zona o región en donde se atiende a los pacientes, remitidos por los servicios de los distintos niveles de atención, de acuerdo a la regionalización de los mismos, para recibir atención diagnóstica, terapéutica y de rehabilitación de conformidad a la complejidad de su padecimiento.

  3. Tercer nivel de atención. Es la red de hospitales de alta tecnología y máxima resolución diagnóstica-terapéutica. En ellos se atiende a los pacientes que los hospitales del segundo nivel de atención remiten, o por excepción los que el . primer nivel envíen de conformidad a la complejidad del padecimiento.

Artículo 9 ...
  1. ...

  2. Indirectamente...

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