Decreto por el que se declara zona de monumentos arqueológicos el área conocida como Tetzcotzinco, ubicada en el Municipio de Texcoco, en el Estado de México. (Segunda publicación

Fecha de disposición26 Diciembre 2002
Fecha de publicación26 Diciembre 2002
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se declara zona de monumentos arqueológicos el área conocida como Tetzcotzinco, ubicada en el Municipio de Texcoco, en el Estado de México. (Segunda publicación)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 2o., 5o., 23, 27, 28, 30, 37, 38, 39, 42, 43 y 44 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos; 2o., 29 y 43 de la Ley General de Bienes Nacionales; 2o. de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia; 33 de la Ley de Planeación; 6o. y 10 de la Ley General de Asentamientos Humanos; así como 32 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 reconoce el valor de nuestras profundas raíces históricas y culturales para darnos sentido de Nación y que, para construir el México pleno de unidad nacional al que aspiramos, es necesario preservar y difundir nuestra riqueza cultural;

Que la zona arqueológica conocida como Tetzcotzinco, ubicada en el municipio de Texcoco, en el Estado de México, ocupa una superficie de 122 hectáreas, 94 áreas y 80 centiáreas.

Que los estudios técnicos realizados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, señalan una cronología para la zona arqueológica que se remonta al periodo comprendido entre los años 1431 a 1521 d.C., época en que tuvo mayor auge la actividad constructiva de monumentos arqueológicos, particularmente durante el mandato del ilustre gobernador texcocano Nezahualcóyotl;

Que entre las obras que realizó Nezahualcóyotl, destacan las del Cerro Tetzcotzinco por su armonía arquitectónica con los elementos de la naturaleza, las que en su conjunto manifiestan el desarrollo de la tecnología hidráulica y el culto a las divinidades del agua desarrollado por el pueblo texcocano, siendo relevante que la descripción más completa sobre estas obras fue realizada por el ilustre cronista Fernando de Alva Ixtlixóchitl en su obra Historia de la Nación Chichimeca;

Que los edificios más tempranos conocidos hasta la fecha datan de las últimas etapas del periodo Preclásico, hacia los primeros años de nuestra era, asimismo el estilo arquitectónico de las construcciones postclásicas de Tetzcotzinco ejemplifican con claridad la ingeniería aplicada a la construcción de un sistema hidráulico que abastecía de agua al sitio y a los pueblos cercanos a éste, destacando estructuras para la captación del agua tales como El Acueducto, El Baño de la Reina, El Baño del Rey y El Reservorio;

Que la belleza de este sitio, considerado como un palacio de la realeza texcocana, inspiró al renombrado pintor José María Velasco para crear su afamado óleo conocido como Los Baños de Nezahualcóyotl, magna obra del arte mexicano;

Que la zona arqueológica...

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