Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-233-SSA1-1993, Que establece los requisitos arquitectónicos para facilitar el acceso, tránsito, uso y permanencia de las personas con discapacidad en establecimientos de atención médica ambulatoria y hospitalaria del Sistema Nacional de Salud

Fecha de disposición16 Diciembre 2003
Fecha de publicación16 Diciembre 2003
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-233-SSA1-1993, Que establece los requisitos arquitectónicos para facilitar el acceso, tránsito, uso y permanencia de las personas con discapacidad en establecimientos de atención médica ambulatoria y hospitalaria del Sistema Nacional de Salud.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-233-SSA1-1993, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS ARQUITECTONICOS PARA FACILITAR EL ACCESO, TRANSITO, USO Y PERMANENCIA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN ESTABLECIMIENTOS DE ATENCION MEDICA AMBULATORIA Y HOSPITALARIA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD.

ERNESTO ENRIQUEZ RUBIO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracciones I y XVIII, 13 apartado A fracción I, 23, 45, 46, 167, 173, 174 fracción VI y 180 de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 fracción XI, 41, 43, 45, 46 y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 7o. fracción III, 10, 26, 56, 69 y 135 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 16 fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y 2 del Decreto que crea la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-233-SSA1-1993, Que establece los requisitos arquitectónicos para facilitar el acceso, tránsito, uso y permanencia de las personas con discapacidad en establecimientos de atención médica ambulatoria y hospitalaria del Sistema Nacional de Salud.

El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que los interesados, dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación, presenten sus comentarios por escrito en idioma español ante el Comité Consultivo Nacional de Regulación y Fomento Sanitario, sito en Torre Monterrey número 33, colonia Roma, código postal 06700, México, D.F., teléfono 55140930.

Durante el lapso mencionado, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 45 y 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Manifestación de Impacto Regulatorio del presente Proyecto de la Norma, estará a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité.

PREFACIO

En la elaboración del presente Proyecto participaron:

SECRETARIA DE SALUD:

Dirección General de Calidad y Educación en Salud.

Centro Nacional de Rehabilitación.

Dirección General de Asuntos Jurídicos.

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

OFICINA DE REPRESENTACION PARA LA PROMOCION E INTEGRACION SOCIAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL.

SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA.

COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

CONSEJO MEXICANO DE MEDICINA DE REHABILITACION.

SOCIEDAD MEXICANA DE MEDICINA FISICA Y REHABILITACION.

SOCIEDAD MEXICANA DE ARQUITECTOS ESPECIALISTAS EN SALUD.

LIBRE ACCESO, A.C.

ASOCIACION DE HOSPITALES PRIVADOS, A.C.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo

  3. Campo de aplicación

  4. Referencias

  5. Definiciones

  6. Requisitos arquitectónicos generales

  7. Requisitos arquitectónicos específicos

  8. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

  9. Bibliografía

  10. Observancia de la Norma

  11. Introducción

    El 10% de la población mundial presenta algún grado de deficiencia, discapacidad o impedimento. En México se conoce que el 2.3% de su población, tiene algún tipo de discapacidad por lo que es necesario brindarles facilidades para integrarlos a una vida social activa y productiva, que contribuya a un mejor estado de bienestar físico, psicológico y social.

    Un alto porcentaje de establecimientos de atención médica ambulatoria y hospitalaria en el país, carecen de elementos arquitectónicos que faciliten la atención a este tipo de pacientes. La presente norma establece los requerimientos mínimos necesarios para permitir el acceso, tránsito, uso y permanencia de las personas con discapacidad.

    Para los establecimientos de atención médica ambulatoria y hospitalaria los requerimientos arquitectónicos mínimos que se indican en esta Norma, permitirán hacer uso adecuado de los espacios físicos por parte de las personas con discapacidad, lo que incidirá en su oportuna atención médica.

  12. Objetivo

    1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto determinar los requisitos arquitectónicos que deberán cumplir los establecimientos de atención médica ambulatoria y hospitalaria del Sistema Nacional de Salud para facilitar el acceso, tránsito, uso y permanencia de las personas con discapacidad.

  13. Campo de aplicación

    2.1 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria para la construcción de todos los establecimientos de atención médica ambulatoria y hospitalaria a partir de 6 consultorios y más de 10 camas respectivamente, del Sistema Nacional de Salud.

  14. Referencias

    3.1 NOM-173-SSA1-1998, Para la atención integral a personas con discapacidad.

  15. Definiciones

    Para efectos de esta Norma, se establecen las siguientes definiciones:

    4.1 Discapacidad, a la ausencia, restricción o pérdida de la habilidad, para desarrollar una actividad en la forma o dentro del margen, considerado como normal para un ser humano.

    4.2 Persona con discapacidad, al ser humano que presenta una disminución en sus facultades físicas, mentales o sensoriales que le limitan realizar una actividad considerada como normal.

  16. Requisitos arquitectónicos generales

    5.1 La construcción o remodelación de establecimientos de atención médica y hospitalaria, cumplirá con las disposiciones señaladas en esta norma, aplicables a obras exteriores, señalamientos, circulaciones horizontales y verticales, baños y vestidores, puertas, mobiliario, elementos de apoyo y de los servicios que se indican en esta norma.

  17. ...

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