Oficio mediante el cual se autoriza la modificación de la fracción II del artículo tercero de la autorización otorgada a Fianzas Asecam, S.A., por aumento de su capital social

Fecha de disposición31 Enero 2014
Fecha de publicación31 Enero 2014
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social.- Dirección General Adjunta Jurídica de Seguros, Fianzas y Pensiones.- Oficio No. 366-III-780/13.- 718.1/315795. FIANZAS ASECAM, SOCIEDAD ANÓNIMA

Insurgentes Sur No. 105, Piso 6

Col. Juárez.

México, D.F., C.P. 06600.

At'n.:C. Fernando Fernández Zavala

Apoderado

El Gobierno Federal, a través de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 36, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emite la resolución que más adelante se indica, en atención a los siguientes antecedentes y considerandos:

ANTECEDENTES

  1. Fianzas Asecam, Sociedad Anónima es una sociedad autorizada por esta Secretaría para organizarse y funcionar como institución de fianzas para practicar los ramos y subramos de fianzas a que se refieren el artículo 5° de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, según consta en la resolución 102-E-366-DGSV-I-C-a-2351 del 12 de julio de 1994, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 1994. Dicha Resolución fue modificada por última vez mediante diverso 366-120/12 del 31 de octubre de 2012.

  2. Mediante oficio 366-III-463/13 del 31 de julio de 2013, la Dirección General Adjunta Jurídica de Seguros, Fianzas y Pensiones, adscrita a la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social:

    1. Aprobó la reforma a la Cláusula Sexta de los estatutos sociales de Fianzas Asecam, Sociedad Anónima, derivado del incremento a su capital social de $77'000,000.00 a $87'000,000.00, en los términos de su asamblea general extraordinaria de accionistas del 3 de junio de 2013.

    2. Solicitó remitir dentro de los sesenta días hábiles siguientes, a la fecha de su notificación, el primer testimonio original y dos copias simples de la escritura pública con datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, en la que se protocolizara el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas citada, para organizarse y funcionar como institución de fianzas.

  3. Con escrito del 25 de septiembre de 2013, Fianzas Asecam, Sociedad Anónima...

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