Oficio mediante el cual se autoriza a Aseguradora Patrimonial Daños, S.A., para organizarse y funcionar como institución de seguros

Fecha de disposición17 Diciembre 2004
Fecha de publicación17 Diciembre 2004
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

OFICIO mediante el cual se autoriza a Aseguradora Patrimonial Daños, S.A., para organizarse y funcionar como institución de seguros.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- 101.- 01005.- 731.1/326056.

INSTITUCIONES DE SEGUROS.- Se les otorga autorización para funcionar con ese carácter.

Aseguradora Patrimonial Daños, S.A.

At n.: Sr. Alejandro Dibildox Nieto. Representante.

Esta Secretaría con oficio 366-IV-272 del 8 de marzo de 2004, expresó su conformidad para que se organizara y constituyera Aseguradora Patrimonial Daños, S.A. como institución de seguros, en los términos del proyecto de estatutos sociales que nos exhibieron y respecto del cual se les manifestó nuestra opinión favorable.

En virtud de lo anterior, el señor Alejandro DibiIdox Nieto, con escrito del 25 de mayo de 2004, sometió a nuestra consideración el primer testimonio notarial de la escritura número 37,110 otorgada el 21 de mayo citado, ante la fe del Notario Público número 102, licenciado José María Morera González, con ejercicio en el Distrito Federal, en donde se contiene la escritura constitutiva y los estatutos sociales de Aseguradora Patrimonial Daños, S.A.

Toda vez que Aseguradora Patrimonial Daños, S.A., reúne los requisitos legales aplicables para que se le faculte como institución de seguros y después de haber escuchado la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, esta Secretaría con fundamento en los artículos 31 fracciones VIII y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como 1o., 2o., 5o., 7o. fracción III incisos a), c), e), g) y h), 8o. fracciones VI, VIII, X, XII y XIII de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, y 6o. fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, les manifiesta que ha resuelto dictar la siguiente:

AUTORIZACION QUE OTORGA EL GOBIERNO FEDERAL A TRAVES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, A ASEGURADORA PATRIMONIAL DAÑOS, S.A., PARA ORGANIZARSE Y FUNCIONAR COMO INSTITUCION DE SEGUROS EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:

ARTICULO PRIMERO

En uso de la facultad que al Gobierno Federal confiere el artículo 5o. de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, esta Secretaría autoriza a Aseguradora Patrimonial Daños, S.A., para...

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