Acuerdo mediante el cual se modifican las bases I, II y III de la autorización otorgada a Aserfinco Factoraje Financiero, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, por cambio de denominación y domicilio social y aumento en su capital fijo pagado sin derecho a retiro

Fecha de disposición02 Julio 2002
Fecha de publicación02 Julio 2002
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se modifican las bases I, II y III de la autorización otorgada a Aserfinco Factoraje Financiero, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, por cambio de denominación y domicilio social y aumento en su capital fijo pagado sin derecho a retiro.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- Dirección de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.- 366-I-C-1076.- 712.1/311358.

Asunto: se modifica la autorización otorgada a esa sociedad por cambio de denominación y domicilio social y aumento en su capital fijo pagado sin derecho a retiro.

Aserfinco Factoraje Financiero, S.A. de C.V. Organización Auxiliar del Crédito Arquímedes No. 98, Col. Polanco 11560, México, D.F.

Esta Secretaría, con oficio número 366-I-C-1062 de fecha 29 de abril de 2002, tuvo a bien aprobar los acuerdos contenidos en la escritura pública número 3,323, fechada el 26 de febrero del año en curso, misma que se pasó ante la fe del licenciado Sergio Cano Castro, titular de la Notaría Pública número 10 con ejercicio en la ciudad de León, Gto., por la que se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de esa sociedad, celebrada el 28 de diciembre de 2001, donde se acordó modificar la denominación social de esa empresa de factoraje financiero para adoptar la de Factor Bajío, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, así como reformar su objeto social, cambiar su domicilio social a la ciudad de León, Gto. y aumentar su capital fijo pagado sin derecho a retiro de $30 000,000.00 (treinta millones de pesos 00/100 M.N.) a $35 000,000.00 (treinta y cinco millones de pesos 00/100 M.N.), reformando al efecto los artículos primero, segundo, cuarto y sexto de sus estatutos sociales, por lo que esta Secretaría, con base en el artículo 6o. fracción XXII de su Reglamento Interior y con fundamento en el artículo 5o. de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, ha resuelto dictar el siguiente:

ACUERDO

Se modifican las bases I, II y III de la autorización...

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