Acuerdo de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat Vertiente General del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social y el Estado de Nuevo León

Fecha de disposición12 Agosto 2005
Fecha de publicación12 Agosto 2005
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO de Coordinación para la asignación y operación de subsidios del Programa Hábitat Vertiente General del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social y el Estado de Nuevo León.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT VERTIENTE GENERAL DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL , QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO LA SEDESOL , REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, DOCTOR RODOLFO TUIRAN GUTIERREZ, ASISTIDO POR EL DELEGADO EN EL ESTADO DE NUEVO LEON, C. DOCTOR FRANCISCO JAVIER CANTU TORRES; POR OTRA PARTE, EL ESTADO DE NUEVO LEON, EN LO SUCESIVO EL ESTADO , REPRESENTADO POR EL C. GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, JOSE NATIVIDAD GONZALEZ PARAS, CON LA ASISTENCIA DE LOS CC. SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, NAPOLEON CANTU CERNA; SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL DEL ESTADO, RUBEN EDUARDO MARTINEZ DONDE; CON LA INTERVENCION DE LA CONTRALORA INTERNA DEL GOBIERNO DEL ESTADO, NORA ALICIA LIVAS VERA; LA COMPARECENCIA DEL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO CONSEJO DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO EL CONSEJO , REPRESENTADO POR SU PRESIDENTA EJECUTIVA Y COORDINADORA GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO, ALEJANDRA RANGEL HINOJOSA Y DEL FIDEICOMISO FOMENTO METROPOLITANO DE MONTERREY, REPRESENTADO POR FELIPE ENRIQUEZ HERNANDEZ, DIRECTOR EJECUTIVO DEL FIDEICOMISO, EN ADELANTE FOMERREY ; EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, SUSCRITO ENTRE LAS PARTES, EN LO SUCESIVO EL CONVENIO MARCO .

ANTECEDENTES

El Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano, tiene por objeto: concertar programas, acciones y recursos con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y mejorar las condiciones sociales y económicas de la población, mediante la instrumentación de políticas públicas que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo, con equidad y seguridad, atendiendo al mismo tiempo, el desafío de conducir el desarrollo urbano y territorial.

Por acuerdo de las Partes se establece en la cláusula séptima de EL CONVENIO MARCO , que la operación de dicho instrumento se realizará a través de la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación y anexos de ejecución anuales, en los que se estipulará la realización de programas, proyectos, acciones, obras y servicios otorgando la participación que, en su caso, corresponda a los municipios. Cuando se pretenda la ejecución de acciones por los gobiernos federal y estatal con la participación de grupos sociales o con particulares, se suscribirán convenios de concertación.

LA SEDESOL manifiesta que para efectos de este Acuerdo de Coordinación obtuvo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la autorización correspondiente para comprometer recursos para el presente ejercicio fiscal a través del oficio de autorización número OM/DGPP/410.20/00243/04 de fecha 28 de enero de 2004.

DECLARACIONES

  1. Declara LA SEDESOL a través de sus representantes:

    I.1. Declara la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio: que es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    I.2. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la misma Ley, tiene entre sus atribuciones:

    1. Formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda;

    2. Coordinar las acciones que incidan en el combate a la pobreza fomentando un mejor nivel de vida en lo que el Ejecutivo Federal convenga con los gobiernos estatales y municipales, buscando en todo momento propiciar la simplificación de los procedimientos y establecimiento de las medidas de seguimiento y control;

    3. Evaluar la aplicación de las transferencias de los fondos a favor de estados y municipios, y de los sectores social y privado que se deriven de las acciones e inversiones convenidas;

    4. Prever a nivel nacional las necesidades de tierra para desarrollo urbano y vivienda, considerando la disponibilidad de agua determinada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Comisión Nacional del Agua.

    5. Elaborar, apoyar y ejecutar programas para satisfacer las necesidades de suelo urbano y el establecimiento de provisiones y reservas territoriales para el adecuado desarrollo de los centros de población, y

    6. Promover la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional y urbano y el bienestar social, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales y con la participación de los sectores social y privado.

    I.3. Que el Subsecretario de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, doctor Rodolfo Tuirán Gutiérrez, cuenta con las facultades para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social en vigor.

    I.4. Que el doctor Francisco J. Cantú Torres, en su carácter de Delegado de esta dependencia en el Estado de Nuevo León, cuenta con las facultades para suscribir el presente Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social en vigor.

    I.5. Que para los efectos del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en Zaragoza número 1000 Sur, Condominio Acero, mezzanine 1, en Monterrey, N.L., código postal 64000.

  2. Declara EL ESTADO a través de sus representantes:

    II.1. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 29 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, el Estado de Nuevo León es una entidad libre y soberana que forma parte de la Federación y tiene personalidad jurídica.

    II.2. Que de conformidad con los artículos 30, 81, 85 fracciones X y XXVIII, 87, 88, 135 y demás relativos de la Constitución Política del Estado de Nuevo León; 2, 4, 6, 7, 14, 18 fracciones I, IV, 21, 24, 32, 41 fracción I y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, está facultado para celebrar y suscribir el presente instrumento.

    II.3. Que el Titular del Ejecutivo del Estado es el jefe y responsable de la Administración Pública del Estado de Nuevo León, quien podrá convenir con la Federación la realización de acciones para fortalecer la planeación de los programas de gobierno, coordinar éstos con la ejecución de obras de prestación de servicios y, en general, de cualquier otro propósito de beneficio colectivo y con tal personalidad comparece a celebrar el presente Convenio, con la asistencia de los titulares de las dependencias y entidades estatales señaladas en el proemio, quienes por razón de su competencia y en ejercicio del refrendo ministerial, comparecen a la suscripción del presente instrumento.

    II.4. Que señala como domicilio para los efectos del presente Convenio, el ubicado en Palacio de Gobierno, sito en las calles de 5 de Mayo y Zaragoza, en la zona centro de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, código postal 64000.

  3. Declara EL CONSEJO a través de su...

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