Declaratoria de Contingencia Climatológica para efectos de las reglas de operación del Programa de Atención a Contingencias Climatológicas (PACC), en virtud de los daños a consecuencia de la sequía atípica, impredecible y no recurrente que afectó a los municipios de Atoyatempan, Camocuautla, Cuautinchán, Francisco Z. Mena, Huitziltepec, Ixtacamaxtitlán, Juan N. Méndez, Ocotepec, Santo Tomás Hueyotlipan, Tecali de Herrera, Tepeaca, Tepemaxalco, Tepeyahualco de Cuauhtémoc, Tlanepantla y Xochitlán Todos Santos del Estado de Puebla

Fecha de disposición08 Diciembre 2009
Fecha de publicación08 Diciembre 2009
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. IGNACIO RIVERA RODRIGUEZ, Subsecretario de Desarrollo Rural de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 16, 26 y 35, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o., de la Ley de Planeación; 7, 8, 32, fracciones IX y X, 60, 61, 65, 89, 124 y 129, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 23 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2009; 8o., fracción IV, del Reglamento Interior vigente de esta Secretaría; 19 del Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008; y 1, del Acuerdo mediante el cual se delega a favor del Subsecretario de Desarrollo Rural de esta Dependencia la facultad para emitir declaratorias de contingencias climatológicas cuando los daños ocasionados por éstas, afecten exclusivamente al sector agropecuario y pesquero, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2008, y

CONSIDERANDO

Que las Reglas de Operación del Programa de Atención a Contingencias Climatológicas (PACC) vigentes, tienen por objetivo Apoyar a productores agropecuarios, pesqueros y acuícolas de bajos ingresos para reincorporarlos a sus actividades productivas en el menor tiempo posible ante la ocurrencia de contingencias climatológicas atípicas, relevantes, no recurrentes e impredecibles.

Asimismo, que las citadas Reglas de Operación, consideran el manejo electrónico del Programa a través de un Sistema Intranet. En este sentido, se plantea que dicho Sistema será el único medio para la atención de solicitudes de apoyo, por lo que no se atenderá ninguna solicitud por otra vía. Para dar cumplimento a lo anterior, el 26 de mayo de 2008, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos Operativos y Técnicos del Sistema de Operación y Gestión Electrónica del PACC, con lo que se dio inicio al manejo electrónico del programa el 27 de mayo de 2008.

Que el C. Gobernador Constitucional del Estado de Puebla, mediante solicitud enviada a través del Sistema Intranet del Programa con número de folio 300328 de...

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