Aviso por el que la autoridad investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica inicia la investigación por denuncia identificada bajo el número de expediente DE-009-2019, por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas en el mercado del expendio al público de gasolinas y diésel en estaciones de servicio en el territorio nacional.

Fecha de disposición31 Octubre 2019
Fecha de publicación31 Octubre 2019
EmisorCOMISION FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.- Autoridad Investigadora.- Expediente No. DE-009-2019.

AVISO POR EL QUE LA AUTORIDAD INVESTIGADORA DE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA INICIA LA INVESTIGACIÓN POR DENUNCIA IDENTIFICADA BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE DE-009-2019, POR LA POSIBLE COMISIÓN DE PRÁCTICAS MONOPÓLICAS ABSOLUTAS EN EL MERCADO DEL EXPENDIO AL PÚBLICO DE GASOLINAS Y DIÉSEL EN ESTACIONES DE SERVICIO EN EL TERRITORIO NACIONAL.

Derivado de la información aportada por la denunciante en el expediente señalado, esta Comisión Federal de Competencia Económica (Comisión) tuvo conocimiento de hechos que derivaron en la posible realización de prácticas monopólicas absolutas previstas por el artículo 53 de la Ley Federal de Competencia Económica, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el veintitrés de mayo de dos mil catorce, y que entró en vigor el siete de julio de dos mil catorce (LFCE), disposición vigente al momento del inicio de la presente investigación; así como el artículo 9o. de la Ley Federal de Competencia Económica, publicada en el DOF el veinticuatro de diciembre de mil novecientos noventa y dos, cuya última reforma fue publicada en el DOF el nueve de abril de dos mil doce, disposición vigente al momento en que pudieron ocurrir conductas relacionadas con esta investigación, en el mercado investigado de EXPENDIO AL PÚBLICO DE GASOLINAS Y DIÉSEL EN ESTACIONES DE SERVICIO EN EL TERRITORIO NACIONAL.

Por consiguiente, esta Comisión cuenta con elementos suficientes para el inicio de una investigación, en términos de los artículos 66 y 71 de la LFCE. Esta autoridad considera necesario el ejercicio de su facultad investigadora prevista en los artículos 12, fracción I, 66 y 73 de la LFCE, toda vez que existe una causa objetiva que pudiese indicar la existencia de posibles prácticas monopólicas absolutas previstas en el artículo 53 de la LFCE, y posiblemente en el artículo 9o. de la Ley Federal de Competencia Económica, publicada en el DOF el veinticuatro de diciembre de mil novecientos noventa y dos, cuya última reforma fue publicada en el DOF el nueve de abril de dos mil doce.

Por lo anterior, se inicia la investigación por denuncia identificada con el número de expediente DE-009-2019, con el objeto de determinar si se han, o no, actualizado o si se están, o no, actualizando las conductas previstas en el artículo 53 de la LFCE...

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