Aviso por el que la Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica inicia la investigación de oficio identificada bajo el número de expediente IO- 004-2020, por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas en el mercado del arrendamiento de espacios inmobiliarios no residenciales en el territorio nacional.

EdiciónMatutina
EmisorComisión Federal de Competencia Económica

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.- Autoridad Investigadora.- Expediente No. IO-004-2020.

AVISO POR EL QUE LA AUTORIDAD INVESTIGADORA DE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA INICIA LA INVESTIGACIÓN DE OFICIO IDENTIFICADA BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE IO-004-2020, POR LA POSIBLE COMISIÓN DE PRÁCTICAS MONOPÓLICAS ABSOLUTAS EN EL MERCADO DEL ARRENDAMIENTO DE ESPACIOS INMOBILIARIOS NO RESIDENCIALES EN EL TERRITORIO NACIONAL.

La Comisión Federal de Competencia Económica (Comisión) tuvo conocimiento de hechos que constituyen indicios de la posible existencia de prácticas monopólicas absolutas previstas por las fracciones I y V del artículo 53 de la Ley Federal de Competencia Económica, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el veintitrés de mayo de dos mil catorce, y que entró en vigor el siete de julio de dos mil catorce (LFCE), disposición vigente al momento del inicio de la presente investigación; así como por el artículo 9º de la Ley Federal de Competencia Económica, publicada en el DOF el veinticuatro de diciembre de mil novecientos noventa y dos, cuya última reforma fue publicada en el DOF el nueve de abril de dos mil doce (Ley Anterior), en caso de que hubieran ocurrido previo a la entrada en vigor de la LFCE, en el mercado investigado del ARRENDAMIENTO DE ESPACIOS INMOBILIARIOS NO RESIDENCIALES EN EL TERRITORIO NACIONAL (Mercado Investigado).

Por consiguiente, esta Comisión considera necesario el ejercicio de su facultad investigadora prevista en los artículos 12, fracción I, 66 y 71 de la LFCE, así como 16 y 17, fracción II, del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica (Estatuto), toda vez que existe una causa objetiva que pudiese indicar la existencia de posibles prácticas monopólicas absolutas previstas en el artículo 53 de la LFCE, y posiblemente en el artículo 9° de la Ley Anterior.

Por lo anterior, se inicia la investigación de oficio identificada con el número de expediente IO-004-2020, con el objeto de determinar si se han o no actualizado, o si se están o no actualizando, las conductas previstas en el artículo 53 de la LFCE y posiblemente en el artículo 9° de la Ley Anterior; en el Mercado Investigado.

Lo anterior, en la inteligencia de que los actos que puedan constituir violaciones a la LFCE y a la Ley Anterior, habrán de determinarse, en su caso, en el dictamen de probable responsabilidad a que...

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