Aviso de consulta pública del Proyecto de Norma Mexicana PROY- NMX-AA-028-SCFI-2019.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Economía |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Industria, Comercio y Competitividad.- Dirección General de Normas.
AVISO DE CONSULTA PÚBLICA DEL PROYECTO DE NORMA MEXICANA PROY-NMX-AA-028-SCFI-2019, ANÁLISIS DE AGUA-MEDICIÓN DE DEMANDA BIOQUÍMICA DE OXÍGENO (DB05) EN AGUAS NATURALES, RESIDUALES Y RESIDUALES TRATADAS-DILUCIÓN Y MÉTODO DE SIEMBRA- MÉTODO DE PRUEBA (CANCELA AL PROY-NMX-AA-028-SCFI-2010 Y CANCELARÁ A LA NMX-AA-028-SCFI-2001).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 51-B y 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 43, 44 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 36 fracciones I, IX y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide el aviso de consulta pública del proyecto de norma mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada como proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Comité Técnico de Normalización Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales (COTEMARNAT), con número SINEC: 201808281730580028, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto completo del documento puede ser consultado gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Calle Pachuca No. 189, Piso 7, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México, a través de una cita gestionada al correo electrónico: cesar.orozco@economia.gob.mx o ser adquirido en la sede de dicho Organismo ubicado en Av. Ejército Nacional No. 223, Col. Anáhuac, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, C.P. 11320, Tel. 54900900.
CLAVE O CÓDIGO | TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA |
PROY-NMX-AA-028-SCFI-2019 | ANÁLISIS DE AGUA-MEDICIÓN DE DEMANDA BIOQUÍMICA DE OXÍGENO (DB05) EN AGUAS NATURALES, RESIDUALES Y RESIDUALES TRATADAS-DILUCIÓN Y MÉTODO DE SIEMBRA-MÉTODO DE PRUEBA (CANCELA AL PROY-NMX-AA-028-SCF1-2010 Y CANCELARÁ A LA NMX- AA-028-SCF1-2001). |
Objetivo y campo de aplicación Este Proyecto de Norma Mexicana es de aplicación nacional y especifica la estimación de la demanda bioquímica de oxígeno por medio de la medición del oxígeno disuelto remanente, después de 5 días de incubación.
Este Proyecto de Norma Mexicana es aplicable a todas las aguas naturales, residuales y residuales tratadas.
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Concordancia con normas internacionales El presente Proyecto de Norma Mexicana no es equivalente (NEQ) con alguna Norma Internacional, por no existir referencia al momento de su elaboración.
Capítulo/Inciso
| Modificaciones
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Título
| Se especifica DB05 en lugar de DBOn y le elimina la adición de aliltiourea.
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Justificación
De acuerdo a la necesidad de la normatividad nacional vigente, la cual requiere DB05 (a los 5 días), así como que la adición de aliltiourea implica reportar DBO carbonácea.
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O Introducción
| Se incluyó la justificación de la necesidad de otra consulta pública.
Se eliminó lo correspondiente a la incubación de 7 días y se eliminó el cálculo del límite de detección.
Otra parte derivó de una parte del Objetivo de la misma norma ISO.
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tanto se excluyen las interferencias mencionadas en la Norma Internacional.
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7. Equipos y Materiales
| Se modifica la redacción de los equipos utilizados en el Proyecto de Norma Mexicana con respecto a lo que indica la Norma Internacional.
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Justificación
De acuerdo a la necesidad de la normatividad nacional vigente, la cual requiere DB05 (a los 5 días); cada laboratorio deberá calcular sus límites de detección de acuerdo a los procedimientos correspondientes.
Lo derivado del Objetivo de la misma norma ISO se considera introductorio a los fundamentos de la prueba.
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1 Objetivo y Campo de Aplicación | Se redactó de acuerdo a las necesidades de la normatividad nacional vigente.
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Justificación
Ya que la norma ISO no especifica el tipo de aguas (naturales, residuales y residuales tratadas a las que tiene alcance esta prueba
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3 Definiciones
| Se hace referencia a las Normas Mexicanas NMX-AA-089/1-SCF1 y...
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