Aviso por el que se dan a conocer los modelos de Convocatorias para personas físicas, morales y grupos de trabajo interesados en participar en el Componente PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café; y para personas físicas y morales legalmente constituidas con capacidad y solvencia económica-financiera y moral que provean insumos y material genético relacionados con la actividad agrícola, en específico para el cultivo de café, a participar en el proceso de integración del Portafolio de Proveedores del citado Componente, del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2017, publicado el 31 de diciembre de 2016.

Fecha de disposición31 Diciembre 2016
Fecha de publicación17 Mayo 2017
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. SANTIAGO JOSÉ ARGÜELLO CAMPOS, Director General de Fomento a la Agricultura, con fundamento en los artículos 14, 16, 26 y 35 fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1 y 2 apartado B, fracción VI, 17 y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012; 1 fracción VII inciso G, 2 y 5 fracción I incisos A, B, K y V, fracción II inciso B del Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2017; y 1 fracción VII, 4 fracción XXIII, 64, 65, 66, 67, 68 fracción I, 70, 71 y 72 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2017, ambos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2016.

CONSIDERANDO

Que la Dirección General de Fomento a la Agricultura, en términos de lo previsto en el artículo 68 fracción I del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2017, establece que fungirá como Unidad Responsable del Componente PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café.

Que la Dirección General de Fomento a la Agricultura en su carácter de Unidad Responsable del Componente antes mencionado, de conformidad con los Anexos 11, 11.1. y 25 del Decreto de Presupuestos de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2016, cuenta con el presupuesto suficiente para que previo trámite y requisitos otorgue apoyo a los solicitantes por los Conceptos de Apoyo, señalados en el artículo 64 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2017.

Que el Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2017, establece en su artículo 5 fracción I incisos A y K, fracción II inciso B, las facultades y obligaciones de las Unidades Responsables, concretamente para establecer criterios administrativos necesarios para la operación del Componente PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café, a fin de definir y autorizar ventanillas, así como modificar los periodos y fechas de apertura, cierre y reapertura de éste conforme a su necesidad.

Que la Dirección General de Fomento a la Agricultura en su carácter de Unidad Responsable, tiene la facultad de emitir criterios para aperturar o reaperturar las ventanillas conforme a la necesidad de operación del componente; razón por lo cual los solicitantes que gestionen trámite alguno para apoyo en el Componente PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café, deberán estar atentos a la publicación correspondiente.

Que en consecuencia, fundándose las presentes disposiciones en razones de orden técnico, de interés público y a efecto de unificar los criterios de apertura, cierre o reapertura de las ventanillas para la adecuada y precisa aplicación del Componente de trato, en ejercicio de las facultades y obligaciones antes descrita, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS MODELOS DE CONVOCATORIAS PARA PERSONAS FÍSICAS, MORALES Y GRUPOS DE TRABAJO INTERESADOS EN PARTICIPAR EN EL COMPONENTE PROCAFÉ E IMPULSO PRODUCTIVO AL CAFÉ; Y PARA PERSONAS FÍSICAS Y MORALES LEGALMENTE CONSTITUIDAS CON CAPACIDAD Y SOLVENCIA ECONÓMICA-FINANCIERA Y MORAL QUE PROVEAN INSUMOS Y MATERIAL GENÉTICO RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA, EN ESPECÍFICO PARA EL CULTIVO DE CAFÉ, A PARTICIPAR EN EL PROCESO DE INTEGRACIÓN DEL PORTAFOLIO DE PROVEEDORES DEL CITADO COMPONENTE, DEL ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, PARA EL EJERCICIO 2017, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 31 DE DICIEMBRE DE 2016

PRIMERO.- Se dan a conocer los modelos de Convocatorias relacionados con el Componente PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café, para el ejercicio 2017, el primero para personas físicas, morales y grupos de trabajo interesados en participar (Anexo I), y el segundo para personas físicas y morales legalmente constituidas con capacidad y solvencia económica-financiera y moral que provean insumos y material genético relacionados con la actividad agrícola, en específico para el cultivo de café, a participar en el proceso de integración del Portafolio de Proveedores (Anexo II).

SEGUNDO.- Los mencionados modelos son uniformes, mismos que no podrán ser modificados ni cambiados sin excepción alguna, en tanto la Dirección General de Fomento a la Agricultura en su carácter de Unidad Responsable en el ámbito de sus atribuciones modifique o cambie los periodos y fechas de apertura, cierre y reapertura de las ventanillas de acuerdo a la necesidad de operación de los citados componentes e incentivos.

Ciudad de México, a 26 de abril de 2017.- El Director General de Fomento a la Agricultura, Santiago José Arguello Campos.- Rúbrica.

Subsecretaría de Agricultura
Dirección General de Fomento a la
Agricultura
CONVOCATORIA PROCAFÉ 2017
Anexo I

PROGRAMA DE APOYO A PEQUEÑOS PRODUCTORES

COMPONENTE PROCAFÉ E IMPULSO PRODUCTIVO AL CAFÉ

Ciudad de México, a 20 de febrero de 2017.

Conforme a lo establecido en los Artículos 64 al 72 del ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2016, se convoca a las personas físicas, morales y grupos de trabajo interesados en participar en el Componente PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café.

BASES

Objetivo

Contribuir al aumento de la productividad de las Unidades de Producción Cafetalera de manera competitiva mediante el apoyo de infraestructura y servicios equipamiento e insumos (semilleros y viveros) orientados a la producción de variedades con calidad genética; adquisición y establecimiento de plantas de café mejoradas producidas en viveros acreditados y con material genético certificado; paquete tecnológico; capacitación, asistencia técnica especializada y gestión de proyectos; actualización de padrón cafetalero e incentivo para pago de certificación externa.

Población objetivo

Todos los productores de café cuyas unidades de producción cafetalera presenten bajos rendimientos y que necesiten renovar o repoblar sus plantaciones con el propósito de aumentar su productividad.

Cobertura

Estados productores de café: Chiapas, Oaxaca, Veracruz, Puebla, Guerrero, Jalisco, San Luis Potosí, Querétaro, Hidalgo, Nayarit, Colima, Tabasco y el Estado de México.

Elegibilidad

Personas físicas, morales y grupos de trabajo que presenten Solicitud Única de apoyo conforme al Anexo I de las Reglas de Operación vigentes, teniendo prioridad los solicitantes que se encuentren ubicados en los Polos de Desarrollo determinados por la Unidad Responsable.

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD:

Persona Física:

  1. Requisitos generales

    1. Identificación oficial

    2. CURP

    3. Comprobante de domicilio del solicitante, con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de la solicitud.

    4. Folio de registro en el Padrón Nacional Cafetalero.

    5. En caso de agremiados que no estén inscritos en el Padrón Nacional Cafetalero, deberá presentar la constancia de la autoridad local que acredite que es un productor de Café con las coordenadas geográficas y su extensión o área de producción y estatus del título parcelario ejidal en caso de ser ejido (para cada beneficiario).

    6. Contrato de renta o comodato por 10 años entre el dueño del predio del vivero o escritura del predio. (sólo aplica al concepto de infraestructura, equipamiento e insumos).

    7. Escrito libre donde el solicitante manifieste su compromiso de aplicar el paquete tecnológico declarado.

    8. Escrito libre donde el solicitante manifieste su compromiso de compra de planta a un vivero acreditado.

    Persona moral:

    1. Acta constitutiva de la organización solicitante y sus modificaciones, debidamente protocolizada ante notario o fedatario público.

    2. Acta en la que conste la designación de su representante legal o poder debidamente protocolizado ante notario público.

    3. Acta de asamblea debidamente protocolizada ante notario público donde conste el registro de sus agremiados, beneficiarios del proyecto presentado.

    4. Comprobante de domicilio fiscal, con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a Ia fecha de la solicitud.

    5. RFC de la persona moral.

    6. Identificación oficial del representante legal.

    7. CURP del representante legal.

    8. Folio de registro en el Padrón Nacional Cafetalero (para cada beneficiario).

    9. En caso de agremiados que no estén inscritos en el Padrón Nacional Cafetalero, deberá presentar la constancia de la autoridad local que acredite que es un productor de Café con las coordenadas geográficas y su...

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