Aviso por el que se dan a conocer las tarifas de operación del Centro Nacional de Control de Energía para el periodo que comprende del 1 febrero al 31 de diciembre de 2017

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Centro Nacional de Control de Energía.

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS TARIFAS DE OPERACIÓN DEL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA PARA EL PERIODO QUE COMPRENDE DEL 1 FEBRERO DE 2017 AL 31 DE ENERO DE 2017.

EDUARDO MERAZ ATECA, Director General del Centro Nacional de Control de Energía; con fundamento en los artículos 25, párrafo quinto, 27, párrafo sexto, 28, párrafos cuarto y quinto, y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., párrafos primero y tercero, 3o., párrafo primero, fracción I, y 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 6 y 14, primer párrafo, fracción I, 22, fracción I y 59, fracción XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 140, fracciones I y V, 107 y 108, fracciones II y XXXIV de la Ley de la Industria Eléctrica; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; PRIMERO, primer párrafo y SEGUNDO del Decreto por el que se crea el Centro Nacional de Control de Energía; 1o. y 3o., apartado A, fracción II, 9o., fracción III y 37, fracción XV, del Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Control de Energía, y en cumplimiento de los Acuerdos PRIMERO, SEGUNDO, CUARTO y OCTAVO del Acuerdo Núm. A/001/2017 por el que la Comisión Reguladora de Energía expide las tarifas de operación del Centro Nacional de Control de Energía para los meses de febrero a diciembre de 2017, y

CONSIDERANDO

Que la Comisión Reguladora de Energía está facultada en términos de la Ley de la Industria Eléctrica a expedir y aplicar la regulación tarifaria a que se sujetará la operación del Centro Nacional de Control de Energía;

Que mediante la tarifa de operación del Centro Nacional de Control de Energía, este Centro podrá obtener los ingresos que permitan la operación eficiente y confiable del Sistema Eléctrico Nacional y del Mercado Eléctrico Mayorista, así como garantizar el acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la Red Nacional de Trasmisión y las Redes Generales de Distribución y estará en posibilidad de proponer la ampliación y modernización la Red Nacional de Trasmisión y los elementos de las Redes Generales de Distribución que correspondan al Mercado...

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