Aviso para dar a conocer el incentivo para atender problemas específicos de comercialización del frijol negro, pinto y claro del ciclo agrícola primavera verano 2016, para los estados de Chihuahua, Durango y Zacatecas, del Programa de Apoyos a la Comercialización.

Fecha de disposición20 Junio 2017
Fecha de publicación20 Junio 2017
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. La Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA), Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA); con fundamento en los artículos 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 primer párrafo, 12 y 32 de la Ley de Planeación; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 7, 8, 32 fracciones VII y IX, 60, 61, 72, 79, 104, 105, 140, 178, 179 fracción III, 183, y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 75, 77, y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 2, 3 fracciones III y X y 4 fracción IV de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional; 70 fracciones I, XV, XIX, XX y XXVI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 3 fracción XXI, 30 fracciones I y III, 31, 37 fracciones I y III, inciso a) y Anexos 11, 25 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017; 2 apartado D fracción I, 17 fracciones IV y XXIII, 44, 45 párrafos primero y segundo y 46 del Reglamento Interior de la Secretaría, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 1, 3, 4 fracción IX, 5, 7, 8 fracciones I, VI, VII y IX, 12 fracciones V y XI, 13 fracciones I, IV, V, XI y XIII, 14 fracciones II y IV, 19, fracción III, 20, fracciones II y IV, 22, fracciones IV y V y Transitorios Tercero y Noveno segundo párrafo del Reglamento Interior de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios; así como 1 fracción I y II, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 20, 21, 23, 24, 28, 30 fracciones I, II y IV, 31, 32 Anexos I y VIII, 33, 34, 35, 36 38, 39, 40, 41, 49, 95, 96, 97, 98, 99, 101 ,102, 103, y Transitorios Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Séptimo y las demás disposiciones que resulten aplicables del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Comercialización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2016, y

CONSIDERANDO

Que conforme al Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre (SINHAMBRE) publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 22 de enero de 2013, el Gobierno Federal debe garantizar en el corto plazo a la población, el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad a través de acciones coordinadas, eficientes y transparentes con alto contenido de participación social. Dichas acciones son encaminadas, entre otros, al cumplimiento de uno de los objetivos de SINHAMBRE referido a la necesidad de aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas, de conformidad con lo establecido en su Artículo Segundo, inciso III de dicho Decreto;

Que el Programa de Apoyos a la Comercialización (Programa) forma parte de la estructura programática de la SAGARPA para el ejercicio fiscal 2017, el cual está orientado al cumplimiento de las acciones establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, dentro de la Meta Nacional IV. México Próspero así como del Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario, Pesquero y Alimentario 2013-2018, a fin de promover mayor certidumbre en la actividad agroalimentaria mediante mecanismos de administración de riesgos e incentivos a la comercialización de los productos agropecuarios elegibles.

Que el objetivo general del Programa, entre otros componentes de apoyo y servicios, es fortalecer el ordenamiento y desarrollo de mercados y la cadena agroalimentaria productiva y comercial mediante el otorgamiento de incentivos a la comercialización de cosechas nacionales, de conformidad con el artículo 2 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Comercialización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2017, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2016 (Reglas de Operación), y su ejecución corresponde a ASERCA como Unidad Responsable.

Que en el artículo 21 de las Reglas de Operación, se establece que el objetivo del Incentivo para Atender Problemas Específicos de Comercialización para apoyar a los productores y/o compradores que enfrentan contingencias en la comercialización de productos elegibles, a consecuencia del comportamiento desfavorable de las variables que impactan los precios de compraventa y/o los costos del acopio, almacenaje-conservación, movilización y distribución del producto, y que tienen un efecto negativo en la competitividad de las cadenas productivas y/o en la rentabilidad e ingreso del productor;

Que en el ciclo primavera-verano 2016 (PV/2016), no obstante que aumentó la producción de frijol respecto del ciclo homólogo anterior en los estados de Chihuahua, Durango y Zacatecas la rentabilidad de los productores se vio afectada por el incremento de los insumos y el costo del arrendamiento de tierras, provocando que los ingresos esperados apenas alcanzaran a solventar los costos de producción.

Que en fecha 11 de noviembre de 2016 y 16 de febrero de 2017, ASERCA comunicó en su portal www.gob.mx/aserca la "Política Integral de Comercialización de Frijol para el ciclo agrícola primavera-verano 2016" y las especificaciones para la operación del incentivo materia del presente Aviso, en el cual se estableció el monto por tonelada y volumen susceptible de apoyo...

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