Aviso para dar a conocer el incentivo para la comercialización del frijol negro Jamapa, pinto y claro-Marcela, del ciclo agrícola otoño-invierno 2016-2017, del Estado de Nayarit, del Programa de Apoyos a la Comercialización.

Fecha de disposición14 Noviembre 2017
Fecha de publicación14 Noviembre 2017
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. La Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA), Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA); con fundamento en los artículos 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 primer párrafo, 12 y 32 de la Ley de Planeación; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 7, 8, 32 fracciones VII y IX, 60, 61, 72, 79, 104, 105, 140, 178, 179 fracción III, 183, y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 75, 77, y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 2, 3 fracciones III y X y 4 fracción IV de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional; 70 fracciones I, XV, XIX, XX y XXVI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 3 fracción XXI, 30 fracciones I y III, 31, 37 fracciones I y III, inciso a) y Anexos 11, 25 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017; 2 apartado D fracción I, 17 fracciones IV y XXIII, 44, 45 párrafos primero y segundo y 46 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 1, 3, 4 fracción IX, 5, 7, 8 fracciones I, VI, VII, VIII y IX, 12 fracciones V y XI, 13 fracciones I, IV, V, XI y XIII, 14 fracciones II y IV, 19, fracciones I y III, 20, fracciones I, II, III y IV, 21 fracción IV, 22, fracción VI y Transitorios Tercero y Noveno segundo párrafo del Reglamento Interior de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios; así como 1 fracción I, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, fracción I, inciso c), numeral ii, 12, 20 fracción II, 22, 25, 26, 28, 30 fracciones I, II y IV, 31, fracciones I, II, inciso a), c), d) y e), 32, 33, 34, 35, 36, 38, 39, 40, 42, 49, 95, 96, 97, 98, 99, 101 ,102, 103, y Transitorios Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Séptimo y los Anexos I, II, IX y X y las demás disposiciones que resulten aplicables del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Comercialización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2016, y su modificación publicado en el mismo medio el 15 de junio de 2017 (Reglas de Operación), y

CONSIDERANDO

Que conforme al Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre (SINHAMBRE) publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 22 de enero de 2013, el Gobierno Federal debe garantizar en el corto plazo a la población, el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad a través de acciones coordinadas, eficientes y transparentes con alto contenido de participación social. Dichas acciones son encaminadas, entre otros, al cumplimiento de uno de los objetivos de SINHAMBRE referido a la necesidad de aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas, de conformidad con lo establecido en su Artículo Segundo, inciso III de dicho Decreto;

Que el Programa de Apoyos a la Comercialización (Programa), forma parte de la estructura programática de la SAGARPA para el ejercicio fiscal 2017, el cual está orientado al cumplimiento de las acciones establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, dentro de la Meta Nacional IV. México Próspero así como del Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario, Pesquero y Alimentario 2013-2018, a fin de promover mayor certidumbre en la actividad agroalimentaria mediante mecanismos de administración de riesgos e incentivos a la comercialización de los productos agropecuarios elegibles.

Que el objetivo general del Programa, entre otros componentes de apoyo y servicios, es fortalecer el ordenamiento y desarrollo de mercados y la cadena agroalimentaria productiva y comercial mediante el otorgamiento de incentivos a la comercialización de cosechas nacionales, de conformidad con el artículo 2 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Comercialización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2017, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2016 (Reglas de Operación), y su ejecución corresponde a ASERCA como Unidad Responsable.

Que en el artículo 22 de las Reglas de Operación, se establece que el objetivo del incentivo para la Comercialización de Frijol es promover el continuo y efectivo desplazamiento de frijol en el mercado y se destina a solventar una parte de los gastos de operación derivados del acopio, beneficio (limpieza), flete y costos financieros por la adquisición del producto;

Que en el ciclo agrícola otoño-invierno 2016-2017 (OI 16/17), de acuerdo con el informe de avance de siembras y cosechas del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP) al 31 de julio de 2017, la

producción de frijol en el Estado de Nayarit del ciclo agrícola OI 16/17 superó en un 17% la obtenida en el ciclo homólogo anterior, alcanzando las 60,107 toneladas, volumen que representa el 17% de la producción nacional para dicho ciclo, sin embargo, por concentrarse en su mayoría durante los meses de febrero a abril (82%), dicha producción rebasa la capacidad del consumo para ese periodo, ocasionando caídas en los precios, así como dificultad en su comercialización, lo que hace necesario destinar recursos para promover el continuo y efectivo desplazamiento en el mercado del frijol cosechado en dichos estados productores.

Que en fecha 2 de marzo de 2017, ASERCA comunicó en su portal www.gob.mx/aserca la "Política Integral de Comercialización de Frijol para el ciclo agrícola otoño-invierno 2016-2017" y las especificaciones para la operación del "Incentivo para atender problemas específicos de comercialización del frijol negro Jamapa, pinto y claro-Marcela del ciclo agrícola OI 16/17, para el Estado de Nayarit, del programa de apoyos a la comercialización", el volumen susceptible de apoyo, periodo de acopio, plazo para el pago al productor y la fecha límite 29 de mayo de 2017 para presentar la información respecto de la relación de productores, folio de predio, superficie solicitada y volúmenes de frijol, de conformidad con el artículo 36 de las Reglas de Operación.

A fin de promover el continuo y efectivo desplazamiento en el mercado del frijol cosechado en el Estado de Nayarit del ciclo agrícola OI 16/17 que permita contrarrestar los efectos negativos de la sobre oferta estacional de la leguminosa, y dar certidumbre en su comercialización y contribuir en el ordenamiento del mercado, la SAGARPA por conducto de ASERCA, ha tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO PARA DAR A CONOCER EL INCENTIVO PARA LA COMERCIALIZACIÓN DEL FRIJOL NEGRO JAMAPA, PINTO Y CLARO-MARCELA, DEL CICLO AGRÍCOLA OTOÑO-INVIERNO 2016-2017, DEL ESTADO DE NAYARIT, DEL PROGRAMA DE APOYOS A LA COMERCIALIZACIÓN

PRIMERO.- Objeto. ASERCA da a conocer el incentivo para la comercialización del frijol de las variedades negro Jamapa, pinto y claro-Marcela del ciclo agrícola OI 16/17 en...

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