Aviso para dar a conocer el incentivo complementario al ingreso objetivo, para el ciclo agrícola primavera-verano 2018 de los productos elegibles y entidades federativas que se indican, del Programa Agromercados Sociales y Sustentables.

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EmisorSecretaria de Agricultura y Desarrollo Rural

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- AGRICULTURA.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

AVISO PARA DAR A CONOCER EL INCENTIVO COMPLEMENTARIO AL INGRESO OBJETIVO, PARA EL CICLO AGRÍCOLA PRIMAVERA-VERANO 2018 DE LOS PRODUCTOS ELEGIBLES Y ENTIDADES FEDERATIVAS QUE SE INDICAN, DEL PROGRAMA AGROMERCADOS SOCIALES Y SUSTENTABLES.

La Dirección General de Fomento a la Agricultura de la Subsecretaría de Agricultura de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER); con fundamento en los artículos 14, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o., Primer párrafo, 12 y 32 de la Ley de Planeación; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 7o., 8o., 32 fracción VI, 60, 72, 79, 104, 105, 116,178, 179, 183, 190, fracción II y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 75, 77, y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 3o. fracciones XII, y XXII, 32, fracciones IV y V y Anexos 11, y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 (PEF 2019); 2o., Apartados A fracción I y B, fracción VI, 16, 17, fracciones IV y XXIII y, 18 del Reglamento Interior de la Secretaría, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (actualmente SADER); 1, 2, 4, 5, y demás relativos y aplicables del Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones generales aplicables a las Reglas de Operación y Lineamientos de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, publicado en el DOF el 27 de febrero de 2019, en lo sucesivo "Disposiciones Generales"; 1o., fracción I, 2, fracción I, 3, fracción IV, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, fracción I, inciso b) y párrafo Último, 12, 13, 14, 16, 18, 19, 23, 24, 28 fracciones I y II, 29, fracciones II y III, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 39, 40, 41, 44 fracciones VI, VII y VIII, 49, 74, 75, 76, fracciones I, II, III, IV, VII y VIII, 77, 78, 80 al 85, Transitorio Segundo, y las demás disposiciones que resulten aplicables del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de Agromercados Sociales y Sustentables para el ejercicio fiscal 2019 en lo sucesivo "Lineamientos", publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de marzo de 2019, y

CONSIDERANDO

Que en el 2018 la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios, en lo sucesivo ASERCA, entonces Unidad Responsable del Programa de Apoyos a la Comercialización a cargo de la Secretaría, emitió el "Aviso de Apertura de Ventanillas para la compra de Coberturas Anticipadas en el Esquema de Agricultura por Contrato, para el ciclo agrícola Primavera-Verano 2018, del Programa de Apoyos a la Comercialización" y el "Aviso de Apertura de ventanillas para la compra de coberturas de precios y el reconocimiento de coberturas anticipadas, en el esquema de agricultura por contrato, para el ciclo agrícola Primavera-Verano 2018, de los productos, estados y regiones elegibles, del Programa de Apoyos a la Comercialización", publicados en la página www.gob.mx/aserca con fecha 11 de abril de 2018 y 30 de julio de 2018, en adelante referidos conjuntamente como Avisos, cuya comercialización de dicho ciclo agrícola concluyó en el mes de marzo del presente año, y derivado de la comercialización de los productos elegibles, el ingreso integrado para los productores resultó inferior al monto del Ingreso Objetivo establecido en las Reglas de Operación a las que se encontraba sujeto el referido programa;

Que conforme a la actual estructura programática de la nueva SADER, para el ejercicio fiscal 2019, se autorizó la ejecución del Programa Agromercados Sociales y Sustentables, en lo sucesivo Programa, con recursos provenientes del Ramo 08 del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, conforme a las disposiciones del PEF 2019;

Que la operación del nuevo Programa se encuentra regulada por las "Disposiciones Generales" y los "Lineamientos" emitidos por el C. Secretario de la SADER y su ejecución corresponde a la Dirección General de Fomento a la Agricultura de la Subsecretaría de Agricultura de la SADER en su carácter de Unidad Responsable, en lo sucesivo UR;

Que dicho Programa tiene por objetivo general, mejorar las condiciones de comercialización de los pequeños y medianos productores de cosechas nacionales, mediante el otorgamiento de incentivos que les permitan enfrentar con mayor eficiencia el proceso comercial y mejorar su ingreso;

Que de conformidad con los "Lineamientos" aplicables al Programa, entre otros incentivos, se contempla el Incentivo Complementario al Ingreso Objetivo, que tiene el propósito de garantizar a los productores una rentabilidad mínima por su inversión, a través de un ingreso mínimo por tonelada producida y comercializada. Su aplicación deberá orientarse a fomentar la producción en función de las necesidades del mercado y del interés nacional. Dará sustento en el corto plazo a la rentabilidad de cultivos en las regiones donde se requiera impulsar mejores prácticas productivas para lograr su viabilidad económica;

Que este tipo de incentivo, está interrelacionado con los incentivos para la Administración de Riesgos de Precios dentro del esquema de Agricultura por Contrato (AxC), materia de los Avisos emitidos en su momento por ASERCA, cuando el importe del ingreso integrado sea inferior al ingreso objetivo, como es el caso del proceso de comercialización para los productos elegibles de maíz, sorgo, soya y trigo del ciclo agrícola Primavera-Verano 2018 (PV-2018), de conformidad con los artículos 16, 18, 19 y 49 de los citados "Lineamientos";

Con el propósito de finiquitar dicho esquema de AxC y optimizar el impacto de los apoyos a cargo de la SADER mediante los incentivos del Programa, que están orientados a generar certidumbre en la actividad comercial del sector agroalimentario y contribuir al ordenamiento y desarrollo de mercados, y con el propósito de garantizar a los productores una rentabilidad mínima por su inversión, se determina procedente otorgar el presente incentivo a los productores que participaron y cumplieron con el volumen registrado en los contratos de compraventa durante el proceso de comercialización...

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