Aviso para dar a conocer los incentivos por ajuste e integración sobre bases y complementario al ingreso objetivo en Agricultura por contrato, ciclo agrícola otoño- invierno 2015/2016, conforme a los productos elegibles, entidades federativas y regiones que se indican, del componente Incentivos a la Comercialización

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EmisorSecretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. La Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA), Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), con fundamento en los artículos 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 primer párrafo, 12 y 32 de la Ley de Planeación; 1, 7, 8, 32 fracción VII, 60, 72, 79, 104, 105, 178, 179, 183, 190 fracción II y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 75, 77 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 3, 29, 30, 34, 36 y Anexos 11, 25 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016 (PEF 2016); 2 apartado D, fracción I, 17 fracciones IV y XXIII, 44, 45 párrafos primero y segundo y 46 del Reglamento Interior de la SAGARPA; 1, 3, 4 fracciones III y IX, 7, 8 fracciones I, VII, VIII y IX, 12 fracciones V y XI, 13 fracciones I, IV, V, XI y XIII, 14 fracciones II y IV, 20 fracciones I y III, 21 fracciones I y III, 22 fracciones IV y V, Tercero y Noveno segundo párrafo Transitorios del Reglamento Interior de ASERCA; 1 fracción VII inciso a), 2, 3 fracciones I, II, III, IV, V y VIII, 4 fracciones I y II, 5, 6, 7, 8, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262 fracciones I) inciso a) y II) inciso a) y numerales 1 y 2, 263, 264, 265 fracciones I y II, incisos a), c), d) y e), 267, 268, 270 Apartados A y B, 271, 272, 301, 386, 387 fracciones I, incisos a), c), h) y o), y II, incisos g) y h), 389, 393, 395, 396, 397, 398, 399, 400, 401, 402, Octavo y Noveno Transitorios, Anexos IV, LI, LII, LIII, LV, LXV y LXV QUINTER, del Glosario de Términos fracciones XX, XXVI, XXXI, XXXV, XXXIX, XLI, XLII, XLIII, XLVI, LIX, LXVI, CV, CXLII, CLI, CCLXII, CCLXXIV, CCLXXIX y las demás disposiciones que resulten aplicables del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio fiscal 2016, y de su Acuerdo modificatorio (Reglas de Operación), publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 30 de diciembre de 2015 y el 24 de marzo de 2016, respectivamente, y

CONSIDERANDO

Que conforme al Decreto que establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre (SINHAMBRE) publicado el 22 de enero de 2013 en el DOF, el Gobierno Federal debe garantizar en el corto plazo a la población, el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, a través de acciones coordinadas, eficientes y transparentes con alto contenido de participación social, a fin de contribuir al cumplimiento de uno de los objetivos de SINHAMBRE estipulados en el artículo segundo, inciso III referido a la necesidad de aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el DOF el 20 de mayo de 2013 tiene contemplado dentro de la cuarta meta nacional "México Próspero" en su Objetivo 4.10 (dentro del punto VI objetivos, líneas de acción y estrategias), construir un sector agropecuario y pesquero productivo que garantice la seguridad alimentaria del país, al que se vincula la Estrategia 4.10.1. orientada a impulsar la productividad en el sector agroalimentario mediante la inversión en el desarrollo de capital físico, humano y tecnológico; específicamente como línea de acción la de impulsar una política comercial con enfoque de agronegocios y la planeación del balance de demanda y oferta, para garantizar un abasto oportuno, a precios competitivos, coadyuvando a la seguridad alimentaria, así como la de apoyar la producción y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agropecuarios y pesqueros de las zonas rurales más pobres, generando alternativas para que se incorporen a la economía de manera más productiva;

Que el Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario, Pesquero y Alimentario 2013-2018 publicado en el DOF el 13 de diciembre de 2013, previene en el numeral II.1 Estrategia Integral: Elevar la productividad para alcanzar el máximo potencial del sector agroalimentario; que la estrategia de productividad agroalimentaria requiere un enfoque integral por lo que en el pilar 5 se refiere entre otros, a la instrumentación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados (Programa) para fortalecer la cadena productiva y comercial agroalimentaria, dando certidumbre en los mercados y en el ingreso de las personas productoras a través de incentivos a la comercialización de productos agropecuarios elegibles;

Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, publicado en el DOF el 27 de noviembre de 2015 (PEF), establece en los artículos 3 fracciones XII, XXI y XXII, 29, 30, 34 y 36, así como en los Anexos 11, 25 y 26, la asignación del gasto para el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, Vertiente Competitividad, componente Programa, subcomponente Incentivos a la Comercialización, dentro del Ramo 08;

Que los artículos 256 y 257 de las Reglas de Operación establecen que la ejecución del Programa corresponde a ASERCA y que uno de sus objetivos es apoyar a las personas productoras agropecuarias, para que utilicen algún esquema de comercialización;

Que los incentivos para la cobertura contractual en AxC, pueden interrelacionarse con los Incentivos por Ajuste e Integración sobre Bases y Complementario al Ingreso Objetivo, de conformidad con el artículo 262 de las Reglas de Operación y sujeto a disponibilidad presupuestaria;

Que la problemática de comercialización de ciertos granos y oleaginosas en México se presenta, entre otras, por la producción de cosechas excedentarias, originada en muchos casos por los tiempos de los ciclos vegetativos y, con ello, la obtención de cosechas en un periodo corto en relación al consumo distribuido a lo largo del año ocasionando un impacto a la baja en los precios pagados a las personas productoras;

Que la tendencia hacia la baja de los niveles de precios de mercado de los productos agrícolas repercuten directamente en los precios pagados a los productores, en detrimento de su rentabilidad e ingreso esperado, situación que representa riesgos para la agricultura en diversas regiones del país, por lo que se requiere instrumentar una estrategia que brinde certidumbre a las personas productoras de los cultivos elegibles considerados en el presente instrumento, para que continúen en su actividad, impulsando la economía de las entidades federativas y localidades, basadas fundamentalmente en la agricultura;

Que ASERCA, con el propósito de atender la problemática de la comercialización de cosechas excedentarias de los cultivos elegibles del Ciclo Agrícola Otoño-Invierno/2015-16 en diversas entidades federativas y regiones del país, decidió instrumentar el esquema de AxC, por lo que con fecha 21 de diciembre de 2015, publicó en portal de internet de ASERCA www.aserca.gob.mx , el "Aviso de Apertura de Ventanillas para la Compra de Coberturas Anticipadas en Agricultura por Contrato Ciclo Agrícola Otoño-Invierno/2015-16", (Aviso de compras anticipadas) el cual señaló en su numeral 5) que las coberturas adquiridas se reconocerían en AxC para el Ciclo Agrícola Otoño-Invierno/2015-16; posteriormente, se publicó con fecha 15 de febrero de 2016 en el portal de internet de ASERCA el comunicado "Próxima apertura de ventanillas para el registro de contratos de compraventa y la adquisición de coberturas de precio en Agricultura por Contrato, Ciclo Agrícola Otoño-Invierno/2015-16", y el DOF con fecha 8 de marzo de 2016, el "AVISO de apertura de ventanillas para el registro de contratos de compraventa y participar en los incentivos para la adquisición de coberturas de precios en agricultura por contrato, ciclo agrícola OI 2015/2016 de los productos y estados elegibles y sorgo ciclo agrícola PV/2016 del Estado de Sinaloa, del componente Incentivos a la Comercialización" (Aviso para el registro de contratos), conjuntamente designados como "los Avisos".

Que ASERCA determinó incorporar a los beneficiarios del Programa de Productividad y Competitividad Agroalimentaria, en específico del Componente Fortalecimiento a la Cadena Productiva (FOCAP), cuya Unidad Responsable es la Dirección General de Administración de Riesgos de la Subsecretaría de Alimentación y Competitividad de la SAGARPA, de conformidad con los artículos 149, 150, 152, 262 y demás relativos y aplicables de las Reglas de Operación, que sean elegibles para recibir los Incentivos por Ajuste e Integración sobre Bases y en su caso, del Incentivo Complementario al Ingreso Objetivo, en AxC del ciclo señalado; incluyendo las solicitudes recibidas por el Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA) de los Fideicomisos Instituidos con Relación a la Agricultura (FIRA) y de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (FND);

Que de acuerdo con la información disponible, se realizó el cálculo del Incentivo por Ajuste e Integración sobre Bases en AxC, para el cultivo de trigo de las entidades y regiones a las que se refiere el presente instrumento, resultando diferencias en el comparativo entre la Base Zona Consumidora del físico y la Base Estandarizada Zona de Consumo; en consecuencia, las personas productoras o en su caso, las personas compradoras participantes en AxC podrán acceder a este Incentivo a fin de proteger sus ingresos. Dicho cálculo se efectuó de acuerdo con la...

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