Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Amansala II, con una superficie aproximada de 0-08-56.11 hectáreas, Municipio de Tulum, Q. Roo

Fecha de disposición01 Octubre 2015
Fecha de publicación01 Octubre 2015
EmisorSECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Delegación Estatal en Quintana Roo.

AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO "AMANSALA II", UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TULUM, ESTADO DE QUINTANA ROO.

La Dirección General de la Propiedad Rural, de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, mediante oficio número REF.II-210-DGPR-DGARPR-DIA 01610, de fecha 8 de mayo de 2015, inherente al expediente sin número, autorizó a la Delegación Estatal en Quintana Roo de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, para la realización de los trabajos de Medición y Deslinde conforme a lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria; 101, 104 al 106 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural publicado en el Diario de la Federación el 28 de noviembre de 2012; motivo por el cual se me ha comisionado con oficio número FONORDE/0092/DEQ.ROO/000060, de fecha 29 de mayo de 2015, para proceder a realizar el deslinde y medición del predio presuntamente propiedad nacional denominado "AMANSALA II", con una superficie aproximada de 0-08-56.11 hectáreas, ubicado en el Municipio de Tulum, Estado de Quintana Roo, el cual cuenta con las siguientes colindancias:

AL NORESTE: 50.93 METROS, COLINDA CON TERRENO NACIONAL.

AL SURESTE: 18.00 METROS, COLINDA CON CAMINO TULUM-BOCA PAILA.

AL NOROESTE: 18.81 METROS, COLINDA CON EJIDO JOSÉ MARÍA PINO SUÁREZ

AL SUROESTE: 44.35 METROS, COLINDA CON TERRENO NACIONAL.

Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 105 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural en vigor, deberá publicarse, por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, en el periódico informativo local de mayor circulación, así como colocarse en los parajes más cercanos al terreno, y en los estrados de la Presidencia Municipal de Tulum, Quintana Roo, así como en las oficinas del Catastro Municipal de Tulum, Quintana Roo y en la Delegación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en el Estado de Quintana Roo, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan...

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