Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Santa Rosa, con una superficie aproximada de 24-07-26.229 hectáreas, Municipio de Texcoco, Edo. de Méx.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO DE PRESUNTA PROPIEDAD DE LA NACION DENOMINADO "SANTA ROSA", CON UNA SUPERFICIE DE 24-07-26.229 HAS., UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO.
La Dirección General de la Propiedad Rural, de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con oficio número II-210-DGPR-DGARPR-DIA 004252, de fecha 22 de octubre de 2015, autorizó a la Delegación en el Estado de México para que comisionara perito deslindador, la cual, mediante oficio número SEDATU/DEM/JDO/0075/00795/2016, de fecha 15 del mes de abril de 2016, me autorizó para que, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria y 104, 105 y 106 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda a dar inicio a la diligencia de medición y deslinde del predio presuntamente propiedad nacional denominado "SANTA ROSA", con una superficie aproximada de 24-07-26.229 has., ubicado en el municipio de Texcoco, Estado de México; predio que cuenta con las siguientes colindancias conformadas por dos polígonos:
POLIGONO I
AL NORTE | CON BARRANCA Y EMILIANO ESPEJEL |
AL SUR | CON ALEJANDRO ESPEJEL PARAMO, BARRANCA Y PEDRO CERVANTES R. |
AL ORIENTE | CON PEDRO SANCHEZ, GUADALUPE SANCHEZ Y EMILIANO ESPEJEL |
AL PONIENTE | CON PABLO MIRANDA, GABRIEL ESPEJEL, LEOBARDO ESPEJEL, EMILIANO ESPEJEL Y EJIDO DE TEQUEXQUINAHUAC. |
POLIGONO II
AL NORTE | CON EMILIANO ESPEJEL |
AL SUR | CON CALLE |
AL ORIENTE | CON MARIO GONZALEZ MIRANDA |
AL PONIENTE | CON GUADALUPE SANCHEZ |
Por lo que en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 105 de su Reglamento en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de México, en el periódico de mayor circulación que corresponda, así mismo se deberá fijar este aviso en los parajes más cercanos al terreno a deslindar, junto con el croquis en el que se señalen los límites y colindancias; con el objeto de...
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