Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Las Bugambilias Lote 18, con una superficie aproximada de 20-00-00 hectáreas, Municipio de Lázaro Cárdenas, Q. Roo.

Fecha de disposición01 Febrero 2018
Fecha de publicación01 Febrero 2018
EmisorSECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Delegación Estatal en Quintana Roo.

AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO "LAS BUGAMBILIAS LOTE 18" UBICADO EN EL MUNICIPIO DE LÁZARO CÁRDENAS, ESTADO DE QUINTANA ROO.

La Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización ahora Dirección General de la Propiedad Rural, de la entonces Secretaría de la Reforma Agraria ahora Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, mediante oficio número II-102-B 59999 de fecha 24 de agosto de 2009, expediente sin número, autorizó a la Delegación Estatal de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, para que comisionara perito deslindador, la cual con oficio número FONORDE/0193/DE Q.ROO/002947 de fecha 02 de octubre de 2017, me ha requerido para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria; 101, 104 al 110 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda a realizar la medición y deslinde del predio presuntamente propiedad nacional denominado "Las Bugambilias Lote 18", con una superficie aproximada de 20-00-00 hectáreas, ubicado en el municipio de Lázaro Cárdenas, estado de Quintana Roo, el cual cuenta con las siguientes colindancias:

AL NORTE: Terreno Nacional.

AL SUR: Carretera Federal Mérida Pto. Juárez.

AL ESTE: Predio "Lote 19" de Cándido Dzib Uitzil.

AL OESTE: Predio "Lote 17" de Aureliano Martínez.

Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 105 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse, por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del estado de Quintana Roo y en el diario de mayor circulación en esta Entidad Federativa, así como colocarse en los parajes más cercanos al terreno, y en los estrados del palacio municipal de Lázaro Cárdenas, así como en las oficinas del Catastro Municipal y en la Delegación Estatal de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en el Estado de Quintana Roo, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización...

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