Aviso General mediante el cual se comunica a las personas interesadas que realizaron trámites ante la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal de la Secretaría de Gobernación, la existencia de documentos de identidad que contienen datos personales.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Gobernación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal.

ADRIÁN ESCAMILLA PALAFOX, Director General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, fracción XXXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 86, 87, 92 y 111 de la Ley General de Población; 42, 52, 53, 54, 55, 60, 70 y 80 del Reglamento de la Ley General de Población; 3, fracciones I y XIV, 4 y 33 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 4, 6, 7, 9, 43, 44, 48 y 49 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados; 1 y 9 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 22, fracciones I, V y VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, así como 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80 y 81 de los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales para el Sector Público, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 111 de la Ley General de Población, otorga a la Secretaría de Gobernación la potestad de expedir un documento de identificación a los mexicanos menores de dieciocho años, en los términos establecidos por el reglamento de la Ley General de Población;

Que el Reglamento de la Ley General de Población señala que para efecto del documento de identificación para los mexicanos y las mexicanas menores de dieciocho años, se expedirá la Cédula de Identidad Personal, cuyo documento tendrá una vigencia de seis años;

Que el artículo 83 del Reglamento de la Ley General de Población, estipula que la información contenida en el Registro Nacional de Población es confidencial;

Que en la Administración Pública Federal que comprendió el periodo 1o. de diciembre de 2006 al 30 de noviembre de 2012, se llevó a cabo el proyecto denominado Registro de Menores de Edad y expedición de la Cédula de Identidad Personal;

Que la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados es reglamentaria de los artículos 6o. Base A y 16, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyos objetivos consisten en establecer las bases mínimas y condiciones homogéneas que rigen el tratamiento de los datos personales, garantizar la observancia de los principios de protección de datos personales previstos en la ley y demás disposiciones que resulten aplicables en la materia, así...

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