Aviso de inscripción de revocación de 12 títulos de variedades vegetales protegidas

Fecha de disposición29 Septiembre 2015
Fecha de publicación29 Septiembre 2015
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. FILIBERTO FLORES ALMARAZ, Director del Registro Nacional Agropecuario, de la Oficina del Abogado General, dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo establecido por los artículos 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 16, 33 fracción VII, 34 fracción II, 37 y 40 fracción I de la Ley Federal de Variedades Vegetales; 57 del Reglamento de la Ley Federal de Variedades Vegetales; 9o., Fracciones IX y X del Reglamento Interior de esta Dependencia y 1o., 2o., 9o.,10 fracción XII BIS del Acuerdo mediante el cual se establece el Registro Nacional Agropecuario y se delegan facultades a favor de su titular, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2001, así como el Acuerdo que lo modifica publicado el 10 de septiembre de 2012, he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO DE INSCRIPCIÓN DE REVOCACIÓN DE 12 TÍTULOS DE VARIEDADES VEGETALES PROTEGIDAS

Con fecha veinticinco de agosto del año en curso, este Registro inscribió en la Sección 1a., Libro 2o., Volumen 1o., Foja 67, No. 63, del Registro Nacional de Variedades Vegetales, la cancelación de 12 Títulos de Obtentor, con motivo de igual número de Resoluciones de Revocación emitidas por el titular del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas y Secretario Técnico del Comité Calificador de Variedades Vegetales, con motivo de no cubrirse durante dos años o más, el pago del refrendo anual por la vigencia de los Títulos de Obtentor; produciéndose la extinción de los derechos protegidos de aprovechamiento y explotación de las variedades vegetales y, como consecuencia las variedades vegetales podrán ser aprovechadas, para los efectos de su producción, reproducción, distribución o venta, así como para la producción de otras variedades vegetales e híbridos con fines comerciales, por cualquier persona.

En México, Distrito Federal, a los veinticinco días del mes de agosto de dos mil quince.- El Director del Registro Nacional Agropecuario, Filiberto Flores Almaraz.- Rúbrica.

Títulos de...

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