Aviso mediante el cual la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones informa sobre el inicio de la investigación por denuncia, por probables concentraciones ilícitas en los mercados de provisión de servicios de televisión y audio restringido; telefonía fija y móvil, y acceso a Internet de banda ancha fijo y móvil, en el territorio nacional, radicada bajo el número de expediente AI/DE-001-2018.

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EmisorInstituto Federal de Telecomunicaciones

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.- Autoridad Investigadora.

AVISO MEDIANTE EL CUAL LA AUTORIDAD INVESTIGADORA DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES INFORMA SOBRE EL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN POR DENUNCIA, POR PROBABLES CONCENTRACIONES ILÍCITAS EN LOS MERCADOS DE PROVISIÓN DE SERVICIOS DE TELEVISIÓN Y AUDIO RESTRINGIDO; TELEFONÍA FIJA Y MÓVIL, Y ACCESO A INTERNET DE BANDA ANCHA FIJO Y MÓVIL, EN EL TERRITORIO NACIONAL, RADICADA BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE AI/DE-001-2018.

De conformidad con lo establecido en el acuerdo emitido por la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones el dieciocho de mayo de dos mil dieciocho, se inició la investigación por denuncia, por probables concentraciones ilícitas que pudieran tener como objeto o efecto obstaculizar, disminuir, dañar o impedir la libre concurrencia o la competencia económica en los mercados de la provisión de los servicios de televisión y audio restringido; telefonía fija y móvil, y acceso a Internet de banda ancha fijo y móvil, en el territorio nacional. Lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafo décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 52, 61, 62, 63, 64, 65, párrafo primero, 66, párrafo primero, 69, fracción I y 71, párrafos primero, segundo y tercero de la Ley Federal de Competencia Económica, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el veintitrés de mayo de dos mil catorce; 7, párrafos primero y tercero de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicada en el DOF el catorce de julio de dos mil catorce; 58, párrafo primero de las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, publicadas en el DOF el doce de enero de dos mil quince; así como 1, párrafos primero y tercero, y 62, fracción VII del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, publicado en el DOF el cuatro de septiembre de dos mil catorce.

Las conductas denunciadas y que serán objeto del presente procedimiento de investigación, podrían actualizar el supuesto previsto en el artículo 62 de la Ley Federal de Competencia Económica, sujeto a que se compruebe alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 64 del mismo ordenamiento.

El presente procedimiento no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno, toda vez que constituye una...

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