Aviso mediante el cual se da a conocer la lista de organismos de certificación, laboratorios de prueba, laboratorios de calibración y unidades de verificación, acreditados para evaluar la conformidad de las normas oficiales mexicanas NOM-144-SCFI-2000, Bebidas alcohólicas- Charanda-Especificaciones; NOM-159-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas-Sotol-Especificaciones y métodos de prueba; NOM-168-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas-Bacanora-Especificaciones de elaboración, envasado y etiquetado; y NOM-188-SCFI-2012, Mango Ataulfo del Soconusco, Chiapas (Mangifera caesia Jack ex Wall)-Especificaciones y métodos de prueba.

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EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER LA LISTA DE ORGANISMOS DE CERTIFICACIÓN, LABORATORIOS DE PRUEBA, LABORATORIOS DE CALIBRACIÓN Y UNIDADES DE VERIFICACIÓN, ACREDITADOS PARA EVALUAR LA CONFORMIDAD DE LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS NOM-144-SCFI-2000, BEBIDAS ALCOHÓLICAS-CHARANDA-ESPECIFICACIONES; NOM-159-SCFI-2004, BEBIDAS ALCOHÓLICAS-SOTOL-ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA; NOM-168-SCFI-2004, BEBIDAS ALCOHÓLICAS-BACANORA-ESPECIFICACIONES DE ELABORACIÓN, ENVASADO Y ETIQUETADO; Y NOM-188-SCFI-2012, MANGO ATAULFO DEL SOCONUSCO, CHIAPAS (MANGIFERA CAESIA JACK EX WALL)-ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, fracciones XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o. fracciones IV-A y XV-A, 38, fracciones II, V y IX, 39, fracciones IV, V, VI y XII, 40, fracción XV, 68, 70 fracción I, 72 y 89 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 y 96 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 1, 2, apartado A, fracción II, numeral 19, 12, fracciones I, IV, XXI, XXIX, y 36, fracciones I, III, IV, XX y XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

  1. Que el Gobierno Federal en apoyo a las denominaciones de origen de nuestro país como son la "Charanda", "Sotol", "Bacanora" y "Mango Ataulfo del Soconusco Chiapas", publicó con fechas 14 de febrero de 2001, 16 de junio de 2004, 14 de diciembre de 2005 y 29 de noviembre de 2012, en el Diario Oficial de la Federación la Normas Oficiales Mexicanas NOM-144-SCFI-2000, Bebidas alcohólicas-Charanda-Especificaciones; NOM-159-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas, Sotol-Especificaciones y métodos de prueba; NOM-168-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas-Bacanora-Especificaciones de elaboración, envasado y etiquetado; y NOM-188-SCFI-2012, Mango Ataulfo del Soconusco, Chiapas (Mangifera caesia Jack ex Wall)-Especificaciones y métodos de prueba, respectivamente;

  2. Que la entrada en vigor de dichas las Normas Oficiales Mexicanas quedó sujeta a lo previsto en sus Transitorios Únicos, que a la letra establecen lo siguiente:

    1. NOM-144-SCFI-2000, Bebidas alcohólicas-Charanda-Especificaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de febrero de 2001.

      ÚNICO.- "La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del aviso por el cual la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, por conducto de la Dirección General de Normas, dé a conocer la acreditación del organismo de evaluación de la conformidad del producto objeto de esta NOM, siempre y cuando se haya publicado previamente en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de Protección de la Denominación de Origen Charanda".

    2. NOM-159-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas, Sotol-Especificaciones y métodos de prueba, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2004.

      ÚNICO.- "La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del aviso por el cual la Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, dé a conocer la acreditación del organismo de evaluación de la conformidad del producto objeto de esta NOM, la cual ya cuenta con la Declaratoria general de protección a la Denominación de Origen Sotol publicada en el Diario

      Oficial de la Federación el 8 de agosto de 2002".

    3. NOM-168-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas-Bacanora-Especificaciones de elaboración, envasado y etiquetado, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 2005.

      ÚNICO. - "La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor una vez que la Secretaría de Economía a través de la Dirección General de Normas publique el aviso de que existe la infraestructura para llevar a cabo la evaluación de la conformidad de la misma."

    4. NOM-188-SCFI-2012, Mango Ataulfo del Soconusco, Chiapas (Mangifera caesia Jack ex Wall)-Especificaciones y métodos de prueba, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2012.

      ÚNICO. - "La presente norma oficial mexicana entrará en vigor una vez que la Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, emita el aviso mediante el cual se dé a conocer que existe la infraestructura necesaria para su aplicación."

  3. Que la DECLARATORIA general de protección a la denominación de origen Bacanora fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de noviembre de 2000;

  4. Que la DECLARACIÓN de protección a la denominación de origen Sotol fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de agosto de 2002;

  5. Que la DECLARATORIA general de protección de la denominación de origen Charanda...

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