Aviso para otorgar el incentivo para atender problemas específicos de comercialización del volumen excedentario de maíz blanco del ciclo agrícola otoño-invierno 2016/2017 del Estado de Sinaloa, del Programa Apoyos a la Comercialización.

Fecha de disposición16 Noviembre 2017
Fecha de publicación16 Noviembre 2017
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. La Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA), Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA); con fundamento en los artículos 17, 26 y 35, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. primer párrafo, 12 y 32 de la Ley de Planeación; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 7o., 8o., 32 fracción VII, 60, 72, 79, 104, 105, 179 fracción I, 183, 190 fracción II y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 75, 77 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 30, 31, 35, 37 y Anexos 11, 25 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017; 2 apartado D, fracción I, 17, fracciones IV y XXIII, 44, 45 párrafo segundo, 46 fracción II y Transitorio Séptimo del Reglamento Interior de la SAGARPA; 1o., 3o., 4o. fracción IX, 7o., 8o. fracciones I, VII y VIII, 12 fracciones V y XI, 13 fracciones I, IV, V, XI y XIII, 14, fracciones II, IV, V y VII, 20, fracciones I, II, III y V, 21, fracciones I a la V, y Transitorios Tercero y Noveno segundo párrafo del Reglamento Interior de ASERCA; así como 1o., fracción I, 2o., 3o. 4o., 5o., 6o., 10, 11, fracción I, inciso c) subinciso i, 12, 20, fracción I, 21, 25, 26, 30, 31, 35, 40, 42, 43, 49 y demás disposiciones que resulten aplicables del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Comercialización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2017 y de su acuerdo modificatorio, publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de diciembre de 2016 y el 15 de junio de 2017, respectivamente (Reglas de Operación), y

CONSIDERANDO

Que el Programa de Apoyos a la Comercialización (Programa) forma parte de la estructura programática de la SAGARPA para el ejercicio fiscal 2017, y le son aplicables las disposiciones contenidas en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2017 y su Acuerdo Modificatorio publicados en el DOF el 31 de diciembre de 2016 y el 1 de junio de 2017, respectivamente (Disposiciones Generales), el PEF 2017 y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento;

Que la ejecución del Programa corresponde a ASERCA, de conformidad con las Reglas de Operación que lo rigen, y que tiene por objetivo general fortalecer el ordenamiento y desarrollo de mercados y la cadena agroalimentaria productiva y comercial mediante el otorgamiento de incentivos y servicios para la comercialización de cosechas nacionales, la administración de riesgos de mercado, la promoción comercial, la red de enlaces comerciales y el fomento a las exportaciones de productos agropecuarios, acuícolas y pesqueros;

Que el componente de Incentivos a la Comercialización del Programa establece el otorgamiento de incentivos emergentes sobre problemáticas de comercialización que reconozca ASERCA, con el fin de apoyar a los productores y/o compradores que enfrentan contingencias en la comercialización de productos elegibles, a consecuencia del comportamiento desfavorable de las variables que impactan los precios de compraventa y/o los costos del acopio, almacenaje-conservación, movilización y distribución del producto, y que tienen un efecto negativo en la competitividad de las cadenas productivas y/o en la rentabilidad e ingreso del productor o del comprador, a través del apoyo denominado "Incentivo para Atender Problemas Específicos de Comercialización";

Que la problemática de comercialización de productos agropecuarios en México se expresa, entre otras situaciones, en la producción de excedentes comercializables estacionales y/o con problemas de comercialización, principalmente de granos y oleaginosas, originados por las características propias de la agricultura, particularmente los tiempos de los ciclos vegetativos, por lo que las cosechas recurrentemente se obtienen en un periodo corto, mientras que el consumo de los compradores es estable a lo largo del año;

Que para fomentar el ordenamiento del mercado en el Estado de Sinaloa, resulta indispensable instrumentar el incentivo debido a la cosecha excedentaria de maíz, pero sobre todo, brindar a los productores la certeza de la venta de sus cosechas a un precio competitivo, considerando el volumen registrado en la operación del "Aviso de Apertura de las Ventanillas para la Adquisición de Coberturas de Precios en el esquema de Agricultura por Contrato, y para la asignación de Coberturas Especiales, Ciclo Agrícola Otoño-Invierno 2016-2017, de los productos, Estados y Regiones elegibles, así como Ciclo Agrícola Primavera-Verano 2017 de sorgo del Estado de Sinaloa del Programa de Apoyos a la Comercialización", y su Aviso modificatorio, publicado en el portal de ASERCA, www.gob.mx/aserca, el 7 de febrero 2017 y 8 de marzo de 2017, respectivamente. (Aviso de Coberturas AxC);

Que en el ciclo agrícola otoño-invierno 2016/2017, de acuerdo con cifras al 30 de septiembre de 2017 del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP), se obtuvo una producción de 5.5 millones de toneladas de maíz en el estado de Sinaloa, la cual, aunque inferior en 10% a la obtenida en el ciclo homólogo anterior, es mayor en 25% a la del promedio de los ciclos que van de los años 2012 al 2016, ello en razón de una superficie cosechada y un rendimiento por hectárea superior en 14% y 9%, respectivamente, respecto al promedio del periodo mencionado;

Que la demanda de la zona de influencia del maíz de Sinaloa, hasta la entrada de la cosecha de maíz del ciclo agrícola primavera-verano 2016 (octubre), el año pasado se requirió un volumen de 4.2 millones de toneladas. Que considerando ese mismo nivel de demanda para el ciclo 2016/2017, se estima que el excedente en la entidad será del orden de 1.2 millones de toneladas. Que con el fin de que dichos excedentes no influyan negativamente en la comercialización de maíz de ciclo agrícola primavera-verano 2017 es necesario promover entre los participantes del Aviso de Coberturas AxC, la colocación de los mismos para un uso distinto al de consumo nacional; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO PARA OTORGAR EL INCENTIVO PARA ATENDER PROBLEMAS ESPECÍFICOS DE COMERCIALIZACIÓN DEL VOLUMEN EXCEDENTARIO DE MAÍZ BLANCO DEL CICLO AGRÍCOLA OTOÑO-INVIERNO 2016/2017 DEL ESTADO DE SINALOA, DEL PROGRAMA APOYOS A LA COMERCIALIZACIÓN

PRIMERO.- OBJETO: Dar a conocer el Incentivo para Atender Problemas Específicos de Comercialización del volumen excedentario de maíz blanco del ciclo agrícola otoño-invierno 2016/2017 del Estado de Sinaloa, registrado conforme al Aviso de Coberturas AxC, con el fin de compensar a los compradores una parte de los gastos de comercialización por el uso distinto al consumo nacional, en lo sucesivo el Incentivo, así como las especificaciones para su otorgamiento conforme a los criterios, requisitos y disposiciones establecidos en las Reglas de Operación.

SEGUNDO.- Con el objeto de instrumentar el Incentivo se determinan las especificaciones siguientes:

  1. Población Objetivo: Personas físicas mayores de edad y personas morales legalmente constituidas conforme a la legislación mexicana, que hayan participado como compradores directamente o a través de un tercero, en contratos de compraventa a término de maíz blanco del Estado de Sinaloa, cuyo registro y destino sea distinto al de consumo nacional, conforme al Aviso de Coberturas AXC.

  2. Volumen Autorizado, Producto Elegible, Entidades Federativas, Ciclo Agrícola, Monto del Apoyo y Presupuesto: Hasta 1,000,000 (un millón) de toneladas de maíz...

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