Aviso para otorgar el incentivo para atender problemas específicos de comercialización de maíz amarillo del ciclo agrícola primavera-verano 2017 del Estado de Chiapas, del Programa de Apoyos a la Comercialización.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. La Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA), Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA); con fundamento en los artículos 17, 26 y 35, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. primer párrafo, 12 y 32 de la Ley de Planeación; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 7o., 8o., 32 fracción VII, 60, 72, 79, 104, 105, 179 fracción VI, 183, 190 fracción II y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 75, 77 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o. fracción XII, 28, 29, 33, 35 y Anexos 11, 26, 27 y 37 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018 (PEF); 2 apartado D, fracción I, 17, fracciones IV y XXIII, 44, 45 párrafo segundo, 46 fracción II y Transitorio Séptimo del Reglamento Interior de la SAGARPA; 1o., 3o., 4o. fracción IX, 7o., 8o. fracciones VII, VIII y IX, 12 fracciones V y XI, 13 fracciones I, IV, V, XI y XIII, 20, fracciones I, III, IV y V, 21, fracción IV y Transitorios Tercero y Noveno segundo párrafo del Reglamento Interior de ASERCA; así como 1o., fracción I, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 10, 11, fracción I, inciso c) subinciso i, 12, 20, fracción I, 21, 23, 24, 30, 31 fracciones I y II, inciso a), c), d) y e) y fracción III, 33, 34, 35, 40, 41, 49 y demás disposiciones que resulten aplicables del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Comercialización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de diciembre de 2017 (Reglas de Operación), y

CONSIDERANDO

Que el Programa de Apoyos a la Comercialización (Programa) forma parte de la estructura programática de la SAGARPA para el ejercicio fiscal 2018, y le son aplicables las disposiciones contenidas en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2018 publicado en el DOF el 27 de diciembre de 2017 (Disposiciones Generales), el PEF y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento;

Que la ejecución del Programa corresponde a ASERCA, de conformidad con las Reglas de Operación que lo rigen, y que tiene por objetivo general fortalecer el ordenamiento y desarrollo de mercados y la cadena agroalimentaria productiva y comercial mediante el otorgamiento de incentivos y servicios para la comercialización de cosechas nacionales, la administración de riesgos de mercado, la promoción comercial, la red de enlaces comerciales y el fomento a las exportaciones de productos agropecuarios, acuícolas y pesqueros;

Que el componente de Incentivos a la Comercialización del Programa establece el otorgamiento de incentivos emergentes sobre problemáticas de comercialización que reconozca ASERCA, con el fin de apoyar a los productores y/o compradores que enfrentan contingencias en la comercialización de productos elegibles, a consecuencia del comportamiento desfavorable de las variables que impactan los precios de compraventa y/o los costos del acopio, almacenaje-conservación, movilización y distribución del producto, y que tienen un efecto negativo en la competitividad de las cadenas productivas y/o en la rentabilidad e ingreso del productor o del comprador, a través del apoyo denominado "Incentivo para Atender Problemas Específicos de Comercialización";

Que para el ciclo agrícola primavera-verano 2017 se tienen registradas en la Agricultura por Contrato (AxC) un total de 73 mil 156 toneladas de maíz del Estado de Chiapas, que reflejan una caída del 33.8%

respecto a 119 mil 5 toneladas de maíz, registrado en AxC en ciclo primavera-verano 2016;

Que del volumen de 119 mil 5 toneladas de maíz registradas en AxC en el ciclo primavera-verano 2016, el 98.9% del total registrado tuvo como destino la entidad productora de Chiapas;

Que derivado de los sismos ocurridos el pasado mes de septiembre de 2017, y sus numerosas réplicas afectaron la infraestructura y vías de comunicación del Estado de Chiapas, incrementando las maniobras de acopio y conservación para comercializar con oportunidad el producto elegible;

Que los costos del proceso de acopio que se realiza en Chiapas con respecto a Sinaloa (Estado con mayor tecnificación), se observan mayores costos en almacenamiento, fumigación, servicio de secado y fletes locales e interestatales para el estado de Chiapas. Además de los costos elevados, los daños en infraestructura generaron la necesidad de movilizar el grano a bodegas sin daños, maniobras de conservación y vigilancia que no se tenían considerados en un inicio;

Que la instrumentación del incentivo al que se refiere el presente Aviso tiene como propósito apoyar a los productores que hayan producido maíz amarillo en el Estado de Chiapas, Ciclo Agrícola Primavera-Verano 2017 (PV 17), y que hayan participado en el esquema de agricultura por contrato, conforme al "Aviso de Apertura de Ventanillas para la Compra de Coberturas de Precios y el reconocimiento de Coberturas Anticipadas en el Esquema de...

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