Aviso para otorgar el incentivo para atender problemas específicos de comercialización de sorgo del ciclo agrícola primavera-verano 2017 del Estado de Oaxaca, del Programa de Apoyos a la Comercialización.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. La Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA), Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA); con fundamento en los artículos 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. primer párrafo, 12 y 32 de la Ley de Planeación; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 7o., 8o., 32 fracción VII, 60, 72, 79, 104, 105, 179 fracción VI, 183, 190 fracción II y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 75, 77 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o. fracción XII, 28, 29, 33, 35 y Anexos 11, 26, 27 y 37 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018 (PEF); 2 apartado D, fracción I, 17, fracciones IV y XXIII, 44, 45 párrafo segundo, 46 fracción II y Transitorio Séptimo del Reglamento Interior de la SAGARPA; 1o., 3o., 4o. fracción IX, 7o., 8o. fracciones VII, VIII y IX, 12 fracciones V y XI, 13 fracciones I, IV, V, XI y XIII, 20, fracciones I, III, IV, y V, 21, fracción IV, y Transitorios Tercero y Noveno segundo párrafo del Reglamento Interior de ASERCA; así como 1o., fracción I, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 10, 11, fracción I, inciso c) subinciso i, 12, 20, fracción I, 21, 23, 24, 30, 31 fracciones I y II, incisos a), c), d) y e) y fracción III, 33, 34, 35, 40, 41, 49 y demás disposiciones que resulten aplicables del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Comercialización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de diciembre de 2017 (Reglas de Operación), y

CONSIDERANDO

Que el Programa de Apoyos a la Comercialización (Programa) forma parte de la estructura programática de la SAGARPA para el ejercicio fiscal 2018, y le son aplicables las disposiciones contenidas en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2018 publicado en el DOF el 27 de diciembre de 2017 (Disposiciones Generales), el PEF 2018 y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento;

Que la ejecución del Programa corresponde a ASERCA, de conformidad con las Reglas de Operación que lo rigen, y que tiene por objetivo general fortalecer el ordenamiento y desarrollo de mercados y la cadena agroalimentaria productiva y comercial mediante el otorgamiento de incentivos y servicios para la comercialización de cosechas nacionales, la administración de riesgos de mercado, la promoción comercial, la red de enlaces comerciales y el fomento a las exportaciones de productos agropecuarios, acuícolas y pesqueros;

Que el componente de Incentivos a la Comercialización del Programa establece el otorgamiento de incentivos emergentes sobre problemáticas de comercialización que reconozca ASERCA, con el fin de apoyar a los productores y/o compradores que enfrentan contingencias en la comercialización de productos elegibles, a consecuencia del comportamiento desfavorable de las variables que impactan los precios de compraventa y/o los costos del acopio, almacenaje-conservación, movilización y distribución del producto, y que tienen un efecto negativo en la competitividad de las cadenas productivas y/o en la rentabilidad e ingreso del productor o del comprador, a través del apoyo denominado "Incentivo para Atender Problemas Específicos de Comercialización";

Que el sorgo al no cotizar en la bolsa de futuros de Chicago se rige por el comportamiento del contrato de maíz, cuya tendencia a la baja se espera continúe, por estimarse inventarios récord en los Estados Unidos del orden de 63 millones de toneladas de maíz para 2018;

Que el encarecimiento de la base de sorgo que se registró a partir de septiembre de 2017, le hizo perder competitividad frente a otros sustitutos como el maíz amarillo para consumo pecuario, desalentando la suscripción de contratos en el esquema de AxC;

Que en el ciclo primavera-verano 2017 se prevalidó un volumen de 14,903 toneladas, de las cuales se registró un volumen en AxC de 2,413 toneladas y, faltaría apoyar un volumen de 12,500 toneladas. Por otro lado, durante el ciclo agrícola primavera-verano 2016 se acopiaron 13,075 toneladas que tuvieron como destino los estados de Puebla (42.4%), Veracruz (35.9%) y Chiapas (21.7%);

Que la infraestructura de almacenamiento en el Estado de Oaxaca es precaria, el 55.8% se acopia en instalaciones a la intemperie, a diferencia de otras entidades federativas, en las que utilizan sistemas y equipos mecanizados;

Que la instrumentación del incentivo al que se refiere el presente Aviso tiene como propósito apoyar a los productores que hayan producido sorgo en el Estado de Oaxaca, Ciclo Agrícola Primavera-Verano 2017 (PV 17), en predios prerregistrados en el Aviso de Apertura de Ventanillas para la Compra de Coberturas de Precios y el reconocimiento de coberturas anticipadas, en el Esquema de Agricultura por Contrato (AxC), que no registraron contratos de compraventa quedando fuera de los...

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