Aviso REF:141040

•GRUPO BAYON, S •GRUPO BAYON, S.A. DE C.V.

ACUERDO DE ESCISION

Con fundamento en la fracción V del artículo 228 bis de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que mediante asamblea general extraordinaria de accionistas, de fecha 31 de diciembre de 2000, la sociedad denominada Grupo Bayón, S.A. de C.V., acordó escindirse conforme a lo siguiente:

  1. Por virtud de la escisión se constituirá una nueva sociedad anónima de capital variable como sociedad escindida, en la cual participarán los actuales accionistas de Grupo Bayón, S.A. de C.V., en las mismas proporciones en las que actualmente participan en dicha sociedad.

  2. La sociedad escindente, esto es Grupo Bayón, S.A. de C.V., transmitirá a la sociedad escindida denominada Grupos Los Oteros, S.A. de C.V., los siguientes activos, pasivos y capital:

    1. Activos: Los descritos en el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo Bayón, S.A. de C.V., celebrada con fecha 31 de diciembre de 2000.

    2. Capital: Capital contable por un importe de $185'948,354.00 (ciento ochenta y cinco millones novecientos cuarenta y ocho mil trescientos cincuenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), de los cuales la cantidad de $11'210,349.00 (once millones doscientos diez mil trescientos cuarenta y nueve pesos 00/100 M.N.) serán capital social.

    3. Pasivos: Por un importe de $631,823.00 (seiscientos treinta y un mil ochocientos veintitrés pesos 00/100 M.N.), mismos que corresponden a rentas anticipadas pagadas por la sociedad Potestas Tres, S.A. de C.V.

  3. La transmisión de los activos, pasivos y capital antes mencionados de la sociedad escindente a la sociedad escindida se llevarán a cabo con base en los estados financieros auditados de Grupo Bayón, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2000, mismos que fueron aprobados por la Asamblea.

  4. Sin perjuicio de lo establecido por la Ley General de Sociedades Mercantiles, la escisión antes propuesta surtirá efectos entre sus accionistas y para efectos contables a partir del día 1 de enero de 2001, independientemente de la fecha en que se haga la publicación del extracto de la presente resolución, así como de la fecha en que se lleve a cabo la protocolización del acta y la inscripción del testimonio correspondiente en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal.

  5. En virtud de lo establecido anteriormente, y de la escisión de Grupo Bayón, S.A. de C.V., dicha sociedad conservará el resto de su activo, pasivo y capital.

  6. Una vez que quede formalizado el...

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