Aviso REF:152344

••INDUSTRIAL DE HERRAMIENTAS CH, S ••INDUSTRIAL DE HERRAMIENTAS CH, S.A. DE C.V.

AVISO DE FUSION

En cumplimiento a lo previsto en el artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que en asambleas generales extraordinarias de accionistas celebradas el 23 de agosto de 2001, se resolvió el absorber por fusión a Herramienta CH, S.A. de C.V., autorizándose el convenio de fusión, cuyos términos son los siguientes:

  1. Se conviene fusionar a Herramientas CH, S.A. de C.V., por absorción dentro de Industrial de Herramientas CH, S.A. de C.V.

  2. Como consecuencia de la fusión acordada, dejará de existir Herramientas CH, S.A. de C.V., como sociedad fusionada y subsistirá únicamente Industrial de Herramientas CH, S.A. de C.V., como sociedad fusionante.

  3. Para efectos de lo previsto en el artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se establece que la fusión indicada surtirá efectos el último día del mes en que se inscriba el primer testimonio de la escritura que contenga la protocolización de las actas de la fusión, en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal.

  4. Sirven de base para este convenio de fusión los balances generales de las sociedades al 31 de diciembre de 2000, mismos que se publican en el Diario Oficial de la Federación.

  5. La transmisión de los activos y pasivos de la sociedad fusionada a la sociedad fusionante se realizará de acuerdo con los valores en libros que resulten en los balances con cifras a la fecha en que deba de surtir efectos, de acuerdo a lo indicado en el punto 3 de este convenio.

  6. Industrial de Herramientas CH, S.A. de C.V., se hará cargo en el futuro de todas las operaciones de la sociedad fusionada y será titular de todos los derechos y obligaciones de aquélla, las que tendrá y cumplirá en la misma forma y términos en que fueron adquiridos y contraídos por la sociedad fusionada.

  7. Los accionistas convienen en modificar el capital social de la sociedad fusionante, incrementándolo en la parte variable del mismo, por una cantidad igual al capital social de la empresa que se absorbe, por lo que a cada titular de acciones de la fusionada se entregarán acciones de la fusionante en forma proporcional.

  8. Las inscripciones y anotaciones marginales de cualquier naturaleza efectuadas en los registros públicos establecidos conforme a la ley, respecto de todo tipo de bienes...

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