Aviso REF:152447

•SCOTIABANK INVERLAT, S •SCOTIABANK INVERLAT, S.A.

INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE

GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT

AVISO A LOS ACCIONISTAS DE SCOTIABANK INVERLAT, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT (SCOTIABANK INVERLAT), FUSIONANTE DE ARRENDADORA INVERLAT, S.A. DE C.V., ORGANIZACION AUXILIAR DEL CREDITO, GRUPO FINANCIERO INVERLAT (ARRENDADORA INVERLAT)

De conformidad con la fracción V del artículo 10 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras y la fracción IV del artículo 27 de la Ley de Instituciones de Crédito, se informa lo que a continuación se indica:

Por resolución adoptada en las asambleas generales extraordinarias de accionistas de Scotiabank Inverlat y de Arrendadora Inverlat, ambas celebradas el 27 de abril de 2001, se aprobó la fusión de ambas sociedades, subsistiendo Scotiabank Inverlat como sociedad fusionante.

En relación con dicha fusión, las asambleas de accionistas de Scotiabank Inverlat y de Arrendadora Inverlat antes mencionadas, aprobaron las siguientes cláusulas del convenio de fusión:

“PRIMERA. Las partes convienen en fusionarse de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el presente Convenio de Fusión, en la inteligencia de que subsistirá Banco como sociedad fusionante y desaparecerá Arrendadora, como sociedad fusionada.

SEGUNDA. La fusión se realizará con base en los estados financieros de Banco y Arrendadora al 31 de marzo de 2001.

TERCERA. En virtud de que Banco subsistirá como sociedad fusionante, dicha sociedad se convertirá en titular del patrimonio de Arrendadora, por lo que adquirirá todos los activos y asumirá todos los pasivos de la misma, sin reserva ni limitación alguna. En consecuencia, Banco se subrogará en todos los derechos y acciones que corresponden a Arrendadora, hasta esta fecha y se sustituirá en todas las garantías otorgadas y en todas las obligaciones contraídas por Arrendadora, que deriven de contratos, licencias, permisos, concesiones y en general, de actos u operaciones realizados por Arrendadora, en los que la misma haya intervenido, con todo aquello que de hecho y por derecho le corresponda.

CUARTA. Como consecuencia de la fusión, el Banco no aumentará su capital social, en virtud de la reducción del capital social de Arrendadora mediante la absorción de pérdidas aprobada en la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 27 de abril de 2001.

Con base en lo anterior, al consumarse la fusión los actuales...

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