Aviso REF:156076

Estados Unidos Mexicanos Estados Unidos Mexicanos

Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guerrero

Acapulco

EDICTO

Terceros perjudicados:

Restaurant Arena, S.A.

Bar El Palco

Central de Reservaciones de Acapulco, S.A.

Guillermo Paredes Casarrubias.

Con fecha doce de mayo del año dos mil, Luis Vicente Altamirano Pineda, en representación de Jerome Klubeck, interpuso demanda de amparo ante este Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Guerrero, contra las autoridades y actos que a continuación se precisan: 1.- H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Acapulco, Guerrero. 2.- Actuario de la H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Acapulco, Guerrero. 3.- Presidente Ejecutor de la H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Acapulco, Guerrero, y 4.- Delegado Regional del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Guerrero. Actos reclamados: “1.- De la H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Acapulco, Guerrero, se reclaman todas y cada una de las actuaciones practicadas en autos del expediente número 325/85, relativo al Juicio Ordinario Laboral promovido por Guillermo Paredes Casarrubias, en contra de Restaurant Arena, S.A., Bar El Palco, S.A., Central de Reservaciones, S.A. y Condominio El Matador, específica, pero no limitativamente el auto de radicación; la audiencia de conciliación, demanda, excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas; la audiencia de resolución; así como el laudo dictado con fecha trece de febrero de mil novecientos ochenta y cinco; el auto de ejecución de fecha veintitrés de julio de mil novecientos ochenta y cinco, así como la orden dada a la tercera de las responsables a efecto de cumplimentar el auto de ejecución; así también la orden de girar; así como la expedición del oficio girado a la cuarta de las responsables a efecto de inscribir el embargo trabado en autos del juicio natural; el auto que tiene por recibido el avalúo emitido de los bienes inmuebles embargados; la audiencia de remate en Primera Almoneda de fecha veintidós de agosto de mil novecientos ochenta y seis; el auto mediante el cual declara fincado el remate a favor del postor Arnulfo Basurto Tovar, ahora tercero perjudicado; así como la orden de otorgar escritura pública respecto de los bienes inmuebles embargados; de igual forma se reclama la expedición del oficio mediante el cual ordena remitir los autos originales al Notario Público número Once del Distrito Judicial de Tabares, a efecto de elaborar...

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