Aviso REF:173627

••VALENITE DE MEXICO, S ••VALENITE DE MEXICO, S.A. DE C.V.

SANDVIK VALENITE DE MEXICO, S.A. DE C.V.

CONVENIO DE FUSION

CLAUSULAS

PRIMERA. La fusión de Sandvik Valenite de México, S.A. de C.V. con Valenite de México, S.A. de C.V., surtirá efectos para los accionistas a la fecha de celebración de la presente asamblea y para terceros en la fecha en que el instrumento público que se expida, quede inscrito en el Registro Público de Comercio de los domicilios sociales de las sociedades en los términos previstos por el artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, tomando como base los balances de Sandvik Valenite de México, S.A. de C.V. y de Valenite de México, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2002, con los ajustes que sean necesarios para reflejar la situación financiera de dichas sociedades a la fecha en que surta efectos la fusión.

SEGUNDA. Como resultado de la fusión, subsistirá Valenite de México, S.A. de C.V. y desaparecerá Sandvik Valenite de México, S.A. de C.V. Los activos y pasivos, derechos y obligaciones de Sandvik Valenite de México, S.A. de C.V., se convertirán en activo y pasivo, derechos y obligaciones de Valenite de México, S.A. de C.V.

TERCERA. Con motivo de la fusión, el capital social de Valenite de México, S.A. de C.V., se incrementará en la cantidad de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), que corresponde al capital social de Sandvik Valenite de México, S.A. de C.V., que desaparece, conservando su capital mínimo fijo en la suma de $16,340.00 (dieciséis mil trescientos cuarenta pesos 00/100 M.N.), y la porción variable ascenderá a la suma total de $106'940,131.00 (ciento seis millones novecientos cuarenta mil ciento treinta y un pesos 00/100 M.N.).

CUARTA. En virtud de lo establecido en la cláusula anterior, deberán hacerse los asientos contables que correspondan y cancelarse, en su oportunidad, las acciones de Sandvik Valenite de México, S.A. de C.V., que se encuentran actualmente en circulación.

QUINTA. Con el objeto de que surta efectos la fusión, los adeudos de las sociedades que se fusionan, se considerarán vencidos y pagaderos a la vista en el domicilio de Valenite de México, S.A. de C.V., en la fecha en que surta efectos la fusión, salvo aquéllos respecto de los cuales se hubiere obtenido la conformidad de los acreedores respectivos para cubrir los adeudos en fechas posteriores.

SEXTA. La sociedad fusionante seguirá conservando su denominación de Valenite de México, S.A. de C.V.

SEPTIMA. Los...

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