Aviso REF:177298

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Poder Judicial de la Federación

Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

Demandada: Operadora Playa Langosta, Sociedad Anónima de Capital Variable.

En los autos del Juicio Ordinario Civil número 121/2001 promovido por Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Fiduciaria del Gobierno Federal en el fideicomiso denominado Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) en contra de Operadora Playa Langosta, Sociedad Anónima de Capital Variable, se dictó un auto que a la letra dice:

México, Distrito Federal, a veintisiete de agosto de dos mil dos… Visto el escrito de cuenta presentado por Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Fiduciaria del Gobierno Federal en el fideicomiso denominado Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR), por conducto de su apoderado Javier Eduardo Gamio Petricioli, personalidad que tiene acreditada en autos, atento a su contenido se provee: toda vez que de constancias de autos se advierte que se han agotado los medios legales para localizar a la parte demandada Operadora Playa Langosta, Sociedad Anónima de Capital Variable, sin que se haya logrado dicho fin, practíquese el emplazamiento a juicio a la demandada por medio de edictos, los cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el diario periodístico denominado Excélsior, debiéndose publicar un extracto del auto admisorio de fecha veintitrés de octubre de dos mil uno y de éste que se dicta, por tres veces, de siete en siete días, fijándose además en la puerta de este Tribunal, copia íntegra de dichos proveídos por todo el tiempo del emplazamiento… Se hace del conocimiento de la demandada, que deberá presentarse ante este Juzgado dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación de los edictos, a producir su contestación a la demanda instaurada en su contra, bajo apercibimiento que de no hacerlo en dicho lapso, se tendrá por contestada la demanda en sentido negativo, y que las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, le correrán por medio de rotulón que se fijará en la puerta del Juzgado; lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 315 y 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles… Así también se hace saber a la parte accionada que las copias simples de la demanda y anexos, quedan a su disposición en la Secretaría de la Mesa Civil de este órgano...

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