Aviso REF:178403

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Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Servicio de Administración Tributaria

Administración General de Recaudación

Administración Local de Recaudación del Oriente del D.F.

Subadministración de Control de Créditos

Oficio 322-SAT-09-IV-SCCREDITOS-CC-26302

ACUERDO DE NOTIFICACION POR EDICTO

Toda vez que el deudor, Internacional de Creaciones y Acabados, S.A. de C.V. con R.F.C. ICA9801125Z8, no manifestó su cambio de domicilio fiscal registrado en esta Administración Local del Oriente del D.F., ubicado en Ing. Marroquín y Rivera número 79 entre B. Romo Anguiano y A. Narro Acuña, colonia Gabriel Hernández, código postal 07080, Delegación Gustavo A. Madero, México, D.F., y al constituirse en el domicilio citado los notificadores Juan José Hernández Palacios y Claudia Patricia Hernández Maldonado los días 28 de febrero de 2003 y 5 de marzo del mismo año, manifiestan en actas circunstanciadas que en la colonia Gabriel Hernández no existe la calle señalada y que la colonia correcta es Guadalupe Insurgentes, el inmueble es de tres niveles, en la parte de abajo hay dos locales comerciales, por lo que al preguntar a los encargados quienes se negaron a identificarse, informaron que tiene como dos años que se cambió de domicilio y desconocen la nueva dirección del deudor Internacional de Creaciones y Acabados, S.A. de C.V. Por lo que se encuentra desaparecido y se ignora su domicilio. Y en virtud de que esta Administración Local de Recaudación del Oriente del D.F. controla las liquidaciones determinadas en la Resolución número 326-SAT-R4-A30-A1-3395 de fecha 8 de abril de 1999, emitido por el Servicio de Administración Tributaria, Aduana de Manzanillo, Area de Control de Trámites y Asuntos Legales, con la que se determina su situación fiscal en materia de comercio exterior relacionado con los pedimentos de importación números 3011-8000169, 8000187, 8000189, 8000190, 8000194, 8000195, 8000196, 8000197, 8000198, 8000199, 8000200, 8000201, 8000202 y 8000214 citados en el Acta 152-G-23/99. Por lo que se generó el (los) siguiente(s) concepto(s): pago del Impuesto General de Importación por $194,151.00 (ciento noventa y cuatro mil ciento cincuenta y un pesos 00/100 M.N.), $225,710.00 (doscientos veinticinco mil setecientos diez pesos 00/100 M.N.), $182,973.00 (ciento ochenta y dos mil novecientos setenta y tres pesos 00/100 M.N.), $156,906.00 (ciento cincuenta y seis mil novecientos seis pesos 00/100 M.N.), $191,232.00 (ciento noventa y un mil doscientos treinta y dos pesos 00/100 M.N.), $271,470.00 (doscientos setenta y un mil cuatrocientos setenta pesos 00/100 M.N.), $158,387.00 (ciento cincuenta y ocho mil trescientos ochenta y siete pesos 00/100 M.N.), $159,638.00 (ciento cincuenta y nueve mil seiscientos treinta y ocho pesos 00/100 M.N.), $241,115.00 (doscientos cuarenta y un mil ciento quince pesos 00/100 M.N.), $152,235.00 (ciento cincuenta y dos mil doscientos treinta y cinco pesos 00/100 M.N.), $115,615.00 (ciento quince mil seiscientos quince pesos 00/100 M.N.), $269,067.00 (doscientos sesenta y nueve mil sesenta y siete pesos 00/100 M.N.), $265,063.00 (doscientos sesenta y cinco mil sesenta y tres pesos 00/100 M.N.), $183,516.00 (ciento ochenta...

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