Aviso REF:197411

••Estados Unidos Mexicanos ••Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal

EDICTO

Tercera perjudicada: Industrializadora del Cerdo, Sociedad Anónima de Capital Variable.

En los autos del Juicio de Amparo número 467/2004-IV promovido por Axis Arquitectura, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderado Juan Gabino Durán Rodríguez, por su propio derecho, contra actos de la Séptima Sala Civil y Juez Vigésimo Primero de lo Civil, ambos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, así como Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Judicial Morelos, Estado de Chihuahua, se dictó con fecha diez de junio de dos mil cuatro, un auto en el cual se ordena que; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, se emplace a la tercera perjudicada Industrializadora del Cerdo, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos, en los términos siguientes:

Relación de la demanda de amparo:

Como ha quedado de manifiesto, Axis Arquitectura, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderado Juan Gabino Durán Rodríguez, por su propio derecho promovió demanda de garantías contra actos de la Séptima Sala Civil y Juez Vigésimo Primero de lo Civil, ambos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, así como Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Judicial Morelos, Estado de Chihuahua, señalando como acto reclamado lo siguiente:

IV.- Actos reclamados.- “A) De la autoridad ordenadora, su sentencia de fecha 27 de abril del año dos mil cuatro dictada en el Toca número 137/2003, publicada en el Boletín número 80 de fecha 28 de abril de 2004, que surtió efectos el 29 de abril del mismo año”,

B) De la autoridad ordenadora, la ejecución de la sentencia anterior, por lo que atañe a:

1).- La prevención a mi representada Axis Arquitectura, S.A. de C.V., para que en su carácter de causahabiente de la diversa personas moral Industrializadora del Cerdo, S.A. de C.V., comparezca ante el fedatario público que designe la parte actora a firmar al escritura pública de adjudicación correspondiente a favor de la adjudicataria;

2).- La firma de escritura a favor de Sabrina Amezcua Gómez, en rebeldía de Axis Arquitectura, S.A. de C.V.;

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