Aviso REF:201560

CON LA FINALIDAD DE DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 11 DE LA LEY QUE CREO EL FIDEICOMISO QUE ADMINISTRARA EL FO NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.

FIDEICOMISO QUE ADMINISTRA EL FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO DE

SOCIEDADES Y COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRESTAMO Y DE APOYO A SUS AHORRADORES

PROCEDIMIENTO DE PAGO A AHORRADORES PARA EL

ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA SUR

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley que creó al Fideicomiso que Administra el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores (Fideicomiso Pago), así como los decretos del 30 de diciembre de 2002, 28 de enero y 29 de junio de 2004, en los que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de esa Ley, el Comité Técnico del Fideicomiso Pago aprobó el Manual de Políticas y Procedimientos Pago Ahorradores Programa 2003, quedando a cargo del responsable estatal y del Coordinador Operativo del Fideicomiso Pago la elaboración del procedimiento que se deberá aplicar en beneficio de las personas plenamente identificadas como ahorradores en el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur, conforme a lo siguiente:

Objetivo:

El Gobierno del Estado de Baja California Sur y el Gobierno Federal, por conducto de Nacional Financiera, S.N.C., como Fiduciaria del Fideicomiso Pago, en un esfuerzo conjunto ofrecen una alternativa de pago real e inmediata a los ahorradores sudcalifornianos que se vieron afectados por la quiebra e insolvencia de Crédito y Ahorro del Noroeste, Sociedad de Ahorro y Préstamo (S.A.P.) conocida como El Arbolito.

Con la firma del convenio de coordinación entre el Estado de Baja California Sur y el Fideicomiso Pago, se establecieron las bases para aplicar el Programa de Pago 2003 a los Ahorradores de Crédito y Ahorro del Noroeste (S.A.P.), para que los ahorradores que se encuentren reconocidos en la Sentencia Definitiva de Reconocimiento, Graduación y Prelación de Créditos relativa al Juicio Concursal Mercantil, expediente número 9/2001, emitida el 14 de octubre de 2002 por el Juez Tercero de Distrito en el Estado de Sonora con residencia en la ciudad de Hermosillo, acudan a presentar la solicitud de pago de su saldo neto de ahorro.

Los ahorradores interesados deberán presentarse en los centros de atención instalados por el Gobierno del Estado dentro de los 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de este Procedimiento de Pago en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de circulación estatal.

Para prestar un servicio adecuado a los ahorradores sudcalifornianos de Crédito y Ahorro del Noroeste (S.A.P.) y alcanzar una cobertura eficiente, se establecen dos (2) Centros de Atención a Ahorradores (CEAT) concentrados en la capital del Estado, cuyo personal tendrá la obligación de asesorar y orientar en todo momento a los ahorradores que lo requieran, para la realización de sus trámites respecto al Procedimientode Pago.

Se convoca a las personas que resultaron afectadas por esta situación, para que reúnan los requisitos que establece la Ley y acudan a realizar los trámites en los centros de atención instalados para tal efecto en la capital del Estado.

Dentro del marco de simplificación administrativa y de transparencia de la gestión pública, se ha considerado que el Procedimiento de Pago a los ahorradores sea sencillo, ágil y apegado a los términos establecidos por la Ley y que su contenido cumpla con los objetivos de veracidad y oportunidad en cuanto a los trámites a realizar por los ahorradores.

En ese contexto, se han convenido los mecanismos de coordinación de acciones entre el Fideicomiso Pago y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur, con el propósito de prestar un servicio profesional...

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