Aviso REF:202161

COMPAÑIA INMOBILIARIA DE ZAMORA, S COMPAÑIA INMOBILIARIA DE ZAMORA, S.A. DE C.V.

AVISO DE FUSION

Por resolución de las asambleas generales extraordinarias de accionistas de Compañía Inmobiliaria de Zamora, S.A. de C.V. y de Compañía Inmobiliaria de Apatzingán, S.A. de C.V., Compañía Inmobiliaria de Morelia, S.A. de C.V. e Impulsora de Michoacán, S.A. de C.V., celebradas con fecha 31 de agosto del año en curso y en los términos del convenio de fusión celebrado en esa misma fecha por dichas sociedades, se acordó:

  1. - Fusionar Compañía Inmobiliaria de Zamora, S.A. de C.V., como fusionante, con Compañía Inmobiliaria de Apatzingán, S.A. de C.V., Compañía Inmobiliaria de Morelia, S.A. de C.V. e Impulsora de Michoacán, S.A. de C.V., como fusionadas, con base en los estados financieros de dichas compañías con los números al 31 de julio de 2004.

  2. - Compañía Inmobiliaria de Zamora, S.A. de C.V. subsiste legalmente como sociedad fusionante y Compañía Inmobiliaria de Apatzingán, S.A. de C.V., Compañía Inmobiliaria de Morelia, S.A. de C.V. e Impulsora de Michoacán, S.A. de C.V. se extinguen jurídicamente como sociedades fusionadas, cancelándose en consecuencia las acciones representativas de su capital social.

  3. - Como consecuencia de la fusión, Compañía Inmobiliaria de Zamora, S.A. de C.V. pasará a ser titular de todos los bienes muebles e inmuebles, derechos, tales como concesiones para explotar, usar o aprovechar aguas nacionales del subsuelo, descargas de aguas residuales, permisos, licencias y demás que formen el activo de las empresas fusionadas, y de la misma forma, pasarán a cargo de la Fusionante todas las deudas y demás obligaciones que integren el pasivo de las fusionadas, obligándose incondicionalmente a liquidarlo en los términos originalmente pactados conforme al artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, quedando además obligada a cumplir en su oportunidad con todas las obligaciones civiles, mercantiles, laborales, fiscales y de cualquier otra índole existentes a cargo de las sociedades fusionadas. En especial el personal de las fusionadas será reconocido como personal de la fusionante, reconociéndoseles sueldos, antigüedad y demás derechos adquiridos.

  4. - Las oficinas, agencias o sucursales de las fusionadas, pasarán a ser de la fusionante.

  5. - La fusión de las sociedades en cuestión surtiría sus efectos entre las partes el 1 de septiembre de 2004, y frente a terceros con efectos retroactivos al mismo día 1 de septiembre...

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