Aviso REF:206294

Estados Unidos Mexicanos Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tabasco

Villahermosa, Tab.

EDICTO

A Constructora Hernández Reynoso

Sociedad Anónima de Capital Variable.

Que en el expediente número 10/2004-V, relativo al juicio ordinario civil, promovido por el licenciado Raúl Jasso Aguilar, apoderado legal de Pemex, Exploración y Producción, en contra de Constructora Hernández Reynoso S.A de C.V., en esta fecha se dictó un proveído que copiado a la letra dice:

Villahermosa, Tabasco, a catorce de julio de dos mil cuatro.

Agréguese a los presentes autos el escrito de cuenta del licenciado Raúl Jasso Aguilar, apoderado legal de Pemex Exploración y Producción, mediante el cual solicita se emplace por edictos a la demandada Constructora Hernández Reynoso, Sociedad Anónima de Capital Variable, al respecto es de concederle su solicitud, en virtud que en los tres domicilios proporcionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social, no ha sido localizada la demandada, por lo tanto se ignora el mismo, y toda vez que se advierte que el Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda para los Trabajadores informa no tener registros de domicilio alguno a nombre de la demandada; consecuentemente, de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, que establece: "Cuando hubiere que citar a juicio a alguna persona que haya desaparecido, no tenga domicilio fijo o se ignore dónde se encuentra, la notificación se hará por edictos, que contendrán una relación sucinta de la demanda, y se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el "Diario Oficial" y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, haciéndoles saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del día siguiente al de la última publicación. Se fijará, además en la puerta del tribunal, una copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo del emplazamiento. Si pasado este término, no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda presentarla, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por rotulón que se fijará en la puerta del juzgado, y deberá contener, en síntesis, la determinación judicial que ha de notificarse"; cítese por edictos a costa de la parte actora a la demandada Constructora Hernández Reynoso, Sociedad Anónima de Capital Variable, los que contendrán una relación sucinta de la demanda, y se...

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