Aviso REF:214071

POLYDUCTO, S POLYDUCTO, S.A. DE C.V.

AVISO DE FUSION

Mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de Polyducto, S.A. de C.V. y asamblea general de socios de Durman Esquivel Latino, S. de R.L. de C.V., celebradas con fecha 21 de junio de 2005, se acordó la fusión de dichas empresas, subsistiendo la primera de ellas y extinguiéndose la segunda por incorporación.

En virtud de lo anterior y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publican los acuerdos adoptados en las asambleas de accionistas y socios, respectivamente, de dichas empresas y pactados en el convenio de fusión celebrado con fecha 21 de junio de 2005, al tenor de las siguientes:

CLAUSULAS

Primera.- Durman Esquivel Latino, S. de R.L. de C.V., como sociedad fusionada transmite su patrimonio a título universal, sin reserva ni limitación alguna, en favor de Polyducto, S.A. de C.V., como sociedad fusionante, quien subsiste y lo adquiere comprendiendo la totalidad de sus bienes, derechos, obligaciones y responsabilidades de cualquier índole.

Segunda.- Como consecuencia de la fusión, Polyducto, S.A. de C.V. asume y cubrirá todas las obligaciones patrimoniales a cargo de Durman Esquivel Latino, S. de R.L. de C.V.; por tal motivo, la sociedad fusionada establece como sistema de extinción de pasivos el pago de los mismos de acuerdo a su exigibilidad por parte de la sociedad fusionante, en el entendido de que aquellos pasivos y derechos que existiesen entre dichas sociedades quedarán extinguidos al consolidarse éstos en Polyducto, S.A. de C.V.

Tercera.- La fusión surtirá sus efectos el 24 de junio de 2005, previa la obtención del consentimiento de los principales acreedores a la fusión, en el entendido de que los acreedores de Durman Esquivel Latino, S. de R.L. de C.V. y de Polyducto, S.A. de C.V., cuyo consentimiento con la fusión no se obtenga, se procederá al pago del monto total de sus créditos y únicamente en el caso de que dichos acreedores así lo manifiesten por escrito a Polyducto, S.A. de C.V., como sociedad fusionante.

Cuarta.- En virtud de la fusión acordada por Polyducto, S.A. de C.V., como sociedad fusionante, y Durman Esquivel Latino, S. de R.L. de C.V., como sociedad fusionada, los accionistas de dichas sociedades acordaron que el capital social de la sociedad fusionada se incorpore al capital social de la sociedad fusionante, el cual se incrementará proporcionalmente, conforme al monto del capital social de...

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