Aviso REF:215068

Estados Unidos Mexicanos Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado

Villahermosa, Tab.

EDICTO

A: Constructora Moro, Sociedad Anónima de Capital Variable.

Que en el expediente número 29/2004-V, relativo al Juicio Ordinario Civil, promovido por el licenciadoRaúl Jasso Aguilar, apoderado legal de Pemex, Exploración y Producción, en contra de Constructora Moro, Sociedad Anónima de Capital Variable, en veintitrés de noviembre de dos mil cuatro, se dictó un proveído que copiado a la letra dice:

Agréguese a los presentes autos el escrito de cuenta de Raúl Jasso Aguilar, apoderado legal de Pemex Exploración y Producción, mediante el cual solicita se emplace por edictos a la demandada Constructora Moro, Sociedad Anónima de Capital Variable, al respecto es de concederle su solicitud; consecuentemente, de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, que establece:“Cuando hubiere que citar a juicio a alguna persona que haya desaparecido, no tenga domicilio fijo o se ignore dónde se encuentra, la notificación se hará por edictos, que contendrán una relación sucinta de la demanda, y se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el “Diario Oficial” y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, haciéndoles saber que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del día siguiente al de la última publicación. Se fijará, además, en la puerta del tribunal, una copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo del emplazamiento. Si pasado este término, no comparece por sí, por apoderado o por gestor que pueda presentarla, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por rotulón, que se fijará en la puerta del juzgado, y deberá contener, en síntesis, la determinación judicial que ha de notificarse”; cítese por edictos a costa de la parte actora a la demandada Constructora Moro, Sociedad Anónima de Capital Variable, los que contendrán una relación sucinta de la demanda, y se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el “Diario Oficial” y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, haciendo del conocimiento de la citada demandada que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados del día siguiente al de la última publicación a contestar la demanda instaurada en su contra; además de señalar persona y domicilio para oír y recibir citas y...

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